Ahora puedes hacerte autónomo y cobrar la pensión: así funciona la nueva jubilación flexible

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Hacerse autónomo después de haberse jubilado y cobrar parte de la pensión ahora es posible.. Magnific
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Seguir trabajando y cobrar la pensión a la vez es una fórmula cada vez más empleada por los españoles. Hay varias maneras de hacerlo, con la jubilación activa, con la jubilación parcial, y con la jubilación flexible. Las dos primeras suponen seguir trabajando más allá de la edad ordinaria de jubilación y cobrar una parte de la pensión. La jubilación flexible se aplica cuando vuelves a trabajar a tiempo parcial después de haberte jubilado. La jubilación parcial y la flexible no eran aplicables a los autónomos… hasta ahora.

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes la nueva reforma de la jubilación flexible que facilita cobrar una pensión de jubilación y volver a trabajar, si te haces autónomo. La medida supone un cambio importante, porque hasta ahora los autónomos quedaban excluidos. Ahora entran también en el esquema, aunque con unas condiciones que dejan a la mayoría de los autónomos actuales en fuera de juego: la persona no debe haber estado dada de alta como autónoma en los tres años anteriores a la fecha de jubilación.

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Hasta ahora la jubilación flexible era para personas jubiladas que volvían a trabajar a tiempo parcial pero contratados, lo que hacía de esta modalidad de jubilación algo residual. Ahora, quien quiera volver a trabajar después de haberse jubilado puede hacerlo también, si se da de alta en autónomos y trabaja por cuenta propia.

Distinto trato

También existe distinto tratamiento para el porcentaje de pensión que se podrá recibir. El porcentaje de la pensión que cobrarían los autónomos que se apunten a esta vía solo llegaría hasta el 25%.

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Para los asalariados la reforma amplía la horquilla de jornada permitida. Hasta ahora, el trabajo parcial debía moverse entre el 25% y el 75% de una jornada completa comparable. Con la nueva regulación, la jornada podrá estar entre el 33% y el 80%. Cuanto más se trabaja, menos pensión se cobra; cuanto menos se trabaja, más pensión se mantiene. Si una persona trabaja el 80% de la jornada, cobrará el 20% de la pensión.

Además, se mejoran algunos porcentajes para quienes accedan a la jubilación flexible como asalariados pasados al menos seis meses desde la jubilación. En los trabajos parciales de entre el 55% y el 80% de jornada, la pensión se incrementará en un 25% adicional. En las jornadas iguales o superiores al 33% pero inferiores al 55%, el aumento será del 15%. Es una forma de hacer más atractiva esta salida gradual del mercado laboral.

Otra clave es que no hará falta esperar un plazo mínimo de un año desde la jubilación para solicitar esta modalidad, como sucede con la jubilación activa. Una vez reconocida la pensión, el jubilado podrá pedir la jubilación flexible en cualquier momento.

Cotizaciones

La reforma también toca un punto delicado: si ese nuevo periodo trabajado servirá para mejorar la pensión futura. La regla general será que no. El tiempo trabajado durante la jubilación flexible no se tendrá en cuenta para recalcular la pensión cuando la persona vuelva a la jubilación plena. La excepción serán los jubilados forzosos, es decir, quienes accedieron a la jubilación anticipada de manera involuntaria, por ejemplo tras un despido o un ERE. En esos casos, al volver a la jubilación completa, sí podrá recalcularse la pensión inicial.

La medida se aplicará a todos los regímenes de la Seguridad Social, salvo los regímenes especiales de funcionarios civiles del Estado, Fuerzas Armadas y personal al servicio de la Administración de Justicia. Los cambios entrarán en vigor a los tres meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, por lo que todavía habrá que esperar al texto definitivo para conocer todos los detalles prácticos.

Nuevos autónomos

Para muchos jubilados, la reforma puede ser una vía útil: profesionales que quieren hacer encargos, pequeños trabajos, asesorías, actividades de temporada o proyectos personales sin renunciar por completo a su pensión. Para los nuevos autónomos, la novedad es especialmente significativa, porque hasta ahora la jubilación flexible no estaba diseñada para ellos.

La reforma, según explica la Seguridad Social, forma parte del proceso iniciado en 2021 para facilitar un tránsito más flexible entre el empleo y la jubilación. El Real Decreto entrará en vigor tres meses después de su publicación en el BOE y permitirá que quienes vuelvan a trabajar mantengan su condición de pensionistas a efectos de asistencia sanitaria y protección social.

Cada vez más tarde

Los trabajadores que deciden demorar su jubilación más allá de la edad ordinaria han aumentado considerablemente, pasando de suponer el 4,8% en 2021 al 10,9% en 2025. En lo que llevamos de 2026, superan ya el 12% de las altas y suman 15.600 jubilaciones de este tipo, más que en todo 2021. 

Además, las jubilaciones anticipadas han pasado de superar el 43% en 2018 al entorno del 30% en la actualidad. Y no solo anticipan menos personas, sino que, además, se anticipa en menos meses. “En 2021, el 46% de las jubilaciones anticipadas se daban a la mínima edad permitida (24 meses antes de la edad ordinaria) y el 73% anticipaban la jubilación en más de un año. En 2025, solo el 14,5% de las jubilaciones anticipadas se dan a la menor edad permitida. Además, la proporción de los que anticipan más de un año ha caído al 60%.

Por último, las nuevas jubilaciones activas, que favorecen seguir trabajando por cuenta ajena o por cuenta propia después de demorar la jubilación, desde su entrada en vigor en abril de 2025 hasta diciembre del mismo año, han aumentado también significativamente y ahora hay 5.602 pensionistas más que en el mismo mes de 2024, hasta 70.467.