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¿Compensa retrasar seis meses la jubilación? Puede subir tu pensión

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Las nuevas formas de jubilación obligan a mirar bien tiempos y formas de dejar la vida laboral.. Magnific
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Ahora más que nunca conviene echar números antes de decidir cuándo jubilarse. De hacerlo unos meses antes o unos meses después depende que te quedes con una pensión más alta o más baja para el resto de tu vida, lo que no es asunto baladí. Por regla general, cuanto más tiempo aguantes trabajando, mejor pensión te quedará.

Si estás pensando jubilarte antes de tiempo, lo que te conviene es no apurar al máximo, esto es, no jubilarte dos años antes (24 meses), porque las penalizaciones van del 13% al 21% según los años cotizados. Pero si esperas cuatro meses y te jubilas 20 meses antes, las penalizaciones bajan del 9,20 al 11%, es decir, las penalizaciones se reducen según los casos prácticamente hasta la mitad.

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En esta tabla puedes ver cómo son las penalizaciones por jubilación anticipada voluntaria.

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Pero qué pasa si lo que quieres es aumentar tu pensión a base de trabajar más tiempo del que te corresponde. Pues ahí entra la jubilación demorada. El mensaje que más ha calado es que por cada año que trabajes de más se sube un 4% su pensión. Pero también debes saber que, si trabajas seis meses más, puedes aumentar un poco más. Pero cuidado, ese incentivo adicional del 2% por semestre no se consigue simplemente aplazando medio año la jubilación ordinaria.

Desde el 1 de abril de 2025, el premio semestral se aplica a partir del segundo año completo de demora. Es decir, primero hay que haber retrasado la jubilación durante al menos dos años y, después, permanecer otros seis meses trabajando. En ese momento se puede generar un 2% adicional sobre la pensión.

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Dicho de una forma más sencilla, quien se jubile seis meses después de alcanzar su edad ordinaria no obtiene este complemento del 2%. Quien retrase la jubilación dos años y seis meses sí puede acumular un incremento total del 10%: un 4% por el primer año completo, otro 4% por el segundo y un 2% por los seis meses adicionales.

La medida fue introducida por el Real Decreto-ley 11/2024 y entró en vigor el 1 de abril de 2025. La norma establece que, cuando se hayan demorado dos o más años completos, una fracción adicional de al menos seis meses permite sumar otro 2%. Hasta entonces, por regla general, había que completar un año más para obtener un nuevo porcentaje.

La norma

La jubilación demorada permite seguir trabajando después de alcanzar la edad ordinaria de jubilación y recibir, a cambio, un incentivo económico que se puede cobrar en forma de paga única o aumentando la pensión un 4% por cada año completo trabajado de más.

La nueva regulación flexibiliza esta fórmula, pero solo una vez superados los dos primeros años de demora. De esta forma, con un año completo de demora consigues un 4% más; con dos años completos, un 8% más; con dos años y seis meses, un 10% más; con tres años completos, un 12% más; con tres años y seis meses, un 14% más, y así progresivamente.

Por tanto, para aprovechar la fracción semestral es necesario acumular antes, como mínimo, dos años completos de retraso.

Casos prácticos

Supongamos que tienes derecho a una pensión inicial de 1.200 euros brutos mensuales al jubilarte, sin aplicar todavía ningún incentivo por demora.

Si retrasas la jubilación dos años completos, acumularías un 8%. Su pensión pasaría de 1.200 euros al mes a 1.296 euros mensuales.

Si decides continuar seis meses más, hasta completar dos años y medio de demora, añadirías otro 2%. El aumento acumulado sería ya del 10%, y pasaría a 1.320 euros mensuales. Esos últimos seis meses supondrían, por tanto, una mejora adicional de 24 euros brutos al mes. Como las pensiones contributivas se abonan en 14 pagas, el aumento anual sería de 336 euros brutos al año.

Tomemos ahora una pensión inicial estimada de 1.800 euros brutos al mes. Después de dos años completos de demora, el incremento del 8% dejaría la pensión en 1.944 euros mensuales. Si prolongas la actividad otros seis meses, alcanzarías un incentivo acumulado del 10% y la pensión quedaría en 1.980 euros mensuales, 504 euros brutos anuales.

En una pensión inicial de 2.500 euros brutos mensuales dos años completos de demora supone alcanzar los 2.700 euros mensuales. Al continuar otros seis meses y alcanzar un 10% total, pasaría a 2.750 euros mensuales y 700 euros brutos adicionales cada año por prolongar el trabajo seis meses más, una vez cumplidos previamente dos años completos de demora.

¿Compensa?

El premio de la jubilación demorada tiene su cara oculta y es que se tardan muchos años en compensar lo que se deja de cobrar de pensión en el tiempo en que sigues trabajando.

Para una pensión de 1.200 euros brutos mensuales en 14 pagas, retrasar la jubilación un año supone dejar de cobrar 16.800 euros. A cambio, el incentivo del 4% eleva la pensión en 48 euros por paga, hasta 1.248 euros, lo que representa 672 euros más al año. Para recuperar con ese incremento los 16.800 euros no cobrados habría que percibir la pensión aumentada durante 25 años.

Al menos 25 años

La proporción se mantiene si la jubilación se retrasa dos años y medio. En ese tiempo se dejan de cobrar 42.000 euros de pensión, equivalentes a 35 pagas de 1.200 euros. El incentivo acumulado del 10% elevaría la pensión hasta 1.320 euros, es decir, 120 euros más por paga y 1.680 euros adicionales al año. De nuevo, serían necesarios 25 años cobrando la pensión mejorada para igualar los 42.000 euros aplazados.

Quien se jubile a los 68 años y medio tras demorar dos años y medio tendría que vivir aproximadamente hasta los 93 años y medio para recuperar lo dejado de cobrar.

Eso sí, durante el periodo de demora seguiría percibiendo un salario, por lo que la decisión también depende de cuánto ganas trabajando, de tu salud, de tu situación económica y patrimonial, de lo que te aporte el trabajo y del valor que concedas al tiempo libre.