Subastas del BOE: guía para comprar desde un coche hasta una casa (y los riesgos que nadie te cuenta)
Una suerte de vitrina digital en la que se liquidan activos embargados o en ejecución
Participar en las subastas de la Seguridad Social: ¿cómo pujar y cuáles son los requisitos?
El Portal de Subastas del BOE se ha convertido en una suerte de vitrina digital en la que se liquidan activos embargados o en ejecución. Se trata de bienes de todo tipo, como inmuebles, vehículos, etc.. Para participar, no basta con la simple curiosidad, sino que hay que registrarse en el portal de subastas BOE, siendo necesario disponer del certificado electrónico o ser usuario del sistema Cl@ve”.
Solo tras este paso previo es posible pujar por casi todo, ya sea un coche, un trastero, una nave industrial o incluso una vivienda.
Cómo funciona una subasta electrónica
El calendario de subastas de los bienes está fijado por ley. De esta manera, la subasta permanecerá abierta durante veinte días naturales, y no se cerrará hasta transcurrida una hora desde la realización de la última puja.
También hay reglas sobre la puja mínima, ya que el importe de salida será el 10% del tipo de subasta, salvo que exista una carga superior o igual al 25% del importe de valoración.
Antes de pujar, hay que inmovilizar dinero en forma de garantía. Así, aquellos que quieran participar deberán constituir un depósito obligatorio del 5% del tipo de subasta si son bienes inmuebles, o un depósito del 10% si son exclusivamente bienes muebles. Y siempre desde el portal, con cuenta bancaria de una entidad colaboradora de la Agencia Tributaria.
Si resultas adjudicatario, los plazos también son estrictos, y se dispondrá de un plazo de 15 días desde la notificación de la adjudicación para pagar el resto del precio, y si se solicita escritura de inmueble, se deberá efectuar un ingreso adicional del 5% del precio de remate en el plazo de 5 días. Si el adjudicatario no realizase estos pagos en plazo, perderá el importe del depósito y el derecho sobre el bien en cuestión.
Los riesgos que casi nadie explica
Lo primero es que las cargas sobre los bienes subastados no desaparecen. La Ley de Enjuiciamiento Civil establece: “se ha optado por mantener el sistema de subsistencia de las cargas anteriores al gravamen que se ejecuta y cancelación de las cargas posteriores”. Dicho de otro modo: si hay hipotecas anteriores, heredas la obligación; solo se cancelan las posteriores.
En el caso de los inmuebles no se puede olvidar el riesgo de ocupación. Aquí, la ley obliga a que se informe de ello en el anuncio: “se exprese, con el posible detalle, la situación posesoria del inmueble, para que los eventuales postores puedan evaluar las dificultades que encontraría un eventual desalojo”.
Además, si no resultas ganador pero pediste reserva de postura, tu dinero no vuelve de inmediato, sino que será retenido hasta que la subasta sea adjudicada y finalizada por la Autoridad Gestora.
Las subastas del BOE son una vía legal y transparente para acceder a activos a menudo por debajo del mercado. Pero no son un atajo sin riesgos: detrás de cada lote hay cargas, ocupaciones y depósitos que pueden convertirse en una trampa para el desprevenido. Aquí no gana quien clicka más rápido, sino quien lee con lupa cada expediente, entiende la ley y calcula los riesgos antes de pujar.