Condenados dos jefes de una empresa por acosar y abusar de dos empleadas que eran pareja: "Lo que necesitas es echar un buen polvo"

Mujer acosada por su jefe
Mujer acosada por su jefe. Foto recurso FREEPIK
  • Los condenados se dirigían a sus dos trabajadores llamándolas "paquetes", "caras amargadas", "lo que necesitas es echar un buen polvo", "mal follada"

  • Uno de los jefes "sometió" a una de ellas "a frecuentes insinuaciones de carácter sexual", llegando a tocarle un pecho y abrazarla sin consentimiento

  • Los responsables de una empresa de Las Palmas obligaban cada día a desayunar y comer en el lugar que ellos decidieran y por el tiempo que así estimaran

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El Tribunal Supremo ha confirmado las condenas de hasta dos años y siete meses de prisión al jefe de una empresa y a su mujer por someter a "un continuo y reiterado trato humillante y ofensivo" a dos empleadas, que eran pareja y -al jefe, junto a otro más- por abusos sexuales a una de ellas.

La sentencia declara que desde marzo de 2017, el delegado de la empresa en Gran Canaria y su mujer "a sabiendas y prevaliéndose de su posición" jerárquica "sometieron" a las dos empleadas "a un continuo y reiterado trato humillante, ofensivo y despreciativo menoscabando su integridad psíquica".

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Los dos responsables obligaban cada día a desayunar y comer en el lugar que ellos decidieran y por el tiempo que así estimaran; también a formar parte de un chat en el que debían enviar un mensaje de buenos días cinco minutos antes de entrar a la oficina y en el que debían también contestar a un mensaje por la noche "so pena de ser recriminadas al día siguiente" e incluso "amenazadas con ser despedidas".

Además, se dirigían a ellas de esta forma: "paquetes", "caras amargadas", "lo que necesitas es echar un buen polvo", "mal follada". Los condenados, suponiendo que las dos mujeres eran pareja, les dijeron que tenían que poner fin a su relación, que no podían ser amigas, hasta el punto de exigírselo dando golpes en la mesa en un despacho.

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Además, el jefe "sometió" a una de ellas "a frecuentes insinuaciones de carácter sexual", entre marzo de 2017 y febrero de 2018. En una ocasión, estando sentada en la oficina, se acercó por detrás y le acarició sus pechos con la mano.

Un tercer condenado de la misma empresa: le mandó una foto en la ducha a una de las víctimas

El tercer condenado, que es el delegado de la empresa en Tenerife, en un viaje a Las Palmas, enseñó a una de ellas una foto salido de la ducha y la recriminó que "sólo estás con mujeres". Tras ello, la propuso irse de fiesta y luego a un hotel. Ella se negó.

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El jefe de Tenerife, sin embargo, fue a más y pidió permiso a la otra trabajadora para salir con su pareja. Incómoda por la situación, una de ellas se fue al baño y al salir, el condenado la agarro del brazo, la rodeó por detrás, y se rozó con ella.

El Juzgado de lo Penal de Las Palmas condenó al jefe de las Palmas a dos años y siete meses de prisión por delitos de abuso y acoso sexual; a su pareja a ocho meses por acoso laboral y al jefe de Tenerife a 1 año y ocho meses de cárcel por abuso sexual, un fallo que ratificó íntegramente la Audiencia de Las Palmas.

Y ahora el Supremo confirma la sentencia destacando, entre otras cuestiones, que "el tocamiento de una zona erógena, como el pecho de una mujer, es un acto de contenido sexual". "Se trata de una acción de naturaleza sexual inconsentida, sorpresiva, que requirió un consentimiento que al no constar probado supone un ataque a su libertad sexual de decidir y aceptar ese tocamiento".

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