Funcionarios

Ya es oficial en el BOE: así queda la jornada intensiva de miles de funcionarios este verano de 2026

Funcionarios de Justicia de un juzgado de Primera Instancia de Málaga. Europa Press
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El ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública dio a conocer el pasado mes de abril las normas que regularán este año la aplicación de la jornada intensiva en verano a miles de funcionarios de la Administración General del Estado y otros organismos dependientes. En una publicación del BOE del 15 de abril se fija el plazo de su aplicación, el horario, así como los colectivos que pueden ampliarla por conciliación, entre otras cuestiones.

Las instrucciones contenidas en esta resolución son de aplicación a todos los empleados de la Administración General del Estado, las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social y los organismos autónomos, agencias y demás entidades vinculadas o dependientes de la AGE.

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Del 16 de junio al 15 de septiembre

La norma establece que, con carácter general, la jornada intensiva podrá aplicarse del 16 de junio al 15 de septiembre, ambos inclusive. Durante ese periodo, el personal podrá trabajar seis horas y media continuadas, siempre entre las 8:00 y las 15:00 horas, de lunes a viernes.

Para quienes realizan exclusivamente jornada de tarde, el horario intensivo será también de seis horas y media seguidas, pero entre las 14:30 y las 21:30 horas.

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En los centros que funcionan con jornada continuada de mañana y tarde, la intensiva se ajustará igualmente al tramo de 8:00 a 15:00 horas.

Ampliación por conciliación: del 1 de junio al 30 de septiembre

La resolución incorpora una ampliación del periodo para determinados colectivos por motivos de conciliación. Podrán acogerse a la jornada intensiva desde el 1 de junio hasta el 30 de septiembre:

  • Empleados públicos con hijos, menores tutelados o acogidos de hasta 12 años, siempre que convivan y dependan del solicitante.
  • Empleados que tengan a su cargo personas con discapacidad igual o superior al 33 %, también convivientes y dependientes.

Este derecho se mantiene incluso en el año en que el menor cumpla los 12 años.

El BOE aclara que la jornada intensiva no puede reducir el cómputo anual de 35 horas semanales. El artículo 2.4 obliga a que el calendario laboral garantice el cumplimiento íntegro de la jornada anual, sin que la intensiva de verano pueda menoscabarla.

Por ello, el punto 7.5 establece que las horas no trabajadas deberán recuperarse según determine cada calendario laboral. La resolución no fija un sistema único de recuperación, pero sí exige que se respete el total anual.

La jornada intensiva en verano no implica reducción salarial, ya que se trata de una adaptación temporal del horario, no de una disminución de jornada.

Horarios de atención al público

El personal adscrito a puestos de especial dedicación deberá añadir cinco horas semanales adicionales durante el periodo intensivo. Al menos dos horas y media deberán realizarse hasta las 18:00 horas, de lunes a jueves.

La jornada intensiva no puede afectar al funcionamiento de los servicios de atención ciudadana. El BOE exige que las oficinas de información, atención al público y registros mantengan su apertura:

  • De lunes a viernes, de 8:00 a 15:00 horas.
  • Los sábados, de 9:00 a 14:00 horas, salvo que el calendario laboral del ámbito establezca otro horario por la naturaleza del servicio.

Es decir, la intensiva se aplica al personal, pero la Administración debe asegurar que el ciudadano siga siendo atendido en los horarios fijados. El Gobierno asegura en esta resolución que la implementación de esta medida se realizará "garantizando en todo momento la adecuada prestación y continuidad de los servicios públicos y la atención a la ciudadanía, mediante las adaptaciones organizativas que resulten necesarias".

La llegada de la jornada laboral de 35 horas semanales a la AGE, que el Gobierno calcula beneficia a 220.000 empleados públicos, es fruto del acuerdo alcanzado el pasado mes de marzo entre el Ministerio de Función Pública y los sindicatos CCOO, UGT y CSIF.