Cuánto cobra de pensión de viudedad la segunda esposa

¿Qué ayudas y prestaciones son compatibles con la pensión de viudedad?
La pensión de viudedad en caso de una segunda esposa
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MadridLa pensión de viudedad es una prestación económica destinada a proteger a las personas que pierden a su cónyuge o pareja de hecho. Cuando el fallecido ha tenido más de un cónyuge, como en el caso de que exista una segunda esposa, surgen dudas sobre el derecho y la cuantía de esta pensión. Repasamos los aspectos clave que determinan cuánto puede percibir la segunda esposa en concepto de pensión de viudedad.

Compatibilidad de la pensión de viudedad entre cónyuges

La legislación española permite que tanto la actual esposa como la ex-esposa puedan tener derecho a la pensión de viudedad, siempre que cumplan con los requisitos establecidos. En estos casos, la pensión se distribuye entre ambas en proporción al tiempo de convivencia con el fallecido. Sin embargo, la ley garantiza que el cónyuge supérstite (la esposa en el momento del fallecimiento) reciba al menos un 40% de la pensión total.

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Por lo tanto, queda claro que la cuantía que percibirá la segunda esposa depende de varios factores:

  • Tiempo de convivencia: La pensión se reparte en función de los años que cada cónyuge convivió con el fallecido. Por ejemplo, si la primera esposa convivió 10 años y la segunda 5 años, la pensión se dividiría en una proporción de 2 a 1, respetando siempre el mínimo del 40% para la segunda esposa.
  • Garantía del 40%: Independientemente del cálculo anterior, la segunda esposa tiene derecho a recibir al menos el 40% de la pensión total. Esto significa que, aunque el tiempo de convivencia fuera menor, no percibirá menos de este porcentaje. 

Requisitos para acceder a la pensión de viudedad

Para que la segunda esposa tenga derecho a la pensión de viudedad, debe cumplir con ciertos requisitos:

  • Vínculo matrimonial vigente: Debe estar legalmente casada con el fallecido en el momento de su muerte.
  • No haber contraído nuevo matrimonio: Si la beneficiaria se casa nuevamente, podría perder el derecho a la pensión, salvo en circunstancias específicas.
  • Dependencia económica: En algunos casos, se evalúa si existía una dependencia económica del fallecido hacia la beneficiaria.
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En situaciones donde el fallecido haya tenido múltiples matrimonios o parejas de hecho, la distribución de la pensión puede volverse más compleja. En estos casos lo más recomendable es consultar con un especialista en derecho de la Seguridad Social para analizar cada caso en particular y, de esta manera, determinar los derechos y cuantías correspondientes.

Con todo esto que hemos visto, parece que queda claro que la segunda esposa tiene derecho a la pensión de viudedad, y su cuantía se determina principalmente por el tiempo de convivencia con el fallecido, garantizándose un mínimo del 40% de la pensión total. Es esencial cumplir con los requisitos establecidos y, en casos complejos, buscar asesoramiento legal especializado para asegurar el correcto reconocimiento de los derechos.