Estoy a punto de jubilarme: ¿con cuánto tiempo de antelación debo iniciar los trámites?

No basta con apagar el ordenador, despedirse de los compañeros y olvidarse
Abecé de la pensión de 7.900 € en España: requisitos para cobrarla aunque no hayas cotizado
Llega el momento de la jubilación, una etapa esperada pero que, en términos administrativos, requiere de cierta planificación. No basta con apagar el ordenador y despedirse de los compañeros: hay que asegurarse de que el proceso para acceder a la pensión pública se inicia en el momento adecuado. Un paso mal medido puede traducirse en retrasos en el cobro de la prestación, errores en la cuantía o, directamente, la pérdida de mensualidades.
¿Cuándo empieza el proceso?
La Seguridad Social permite presentar la solicitud de jubilación hasta tres meses antes de la fecha prevista de retiro. Es decir, si tienes intención de jubilarte el 1 de octubre, puedes empezar los trámites a partir del 1 de julio. Esta anticipación no es obligatoria, pero sí altamente recomendable para evitar demoras en la resolución.
El proceso también se puede iniciar hasta tres meses después de haber cumplido la edad ordinaria, pero en ese caso, la pensión solo se percibe desde la fecha de solicitud, no con efectos retroactivos desde el momento en que se adquirió el derecho.
La pensión de jubilación se puede gestionar a través del portal Tu Seguridad Social, con certificado digital, DNIe o sistema Cl@ve. También es posible realizar el trámite de forma presencial en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS), con cita previa. De forma alternativa, se puede gestionar también por vía postal o mediante representante autorizado, si el solicitante no puede comparecer.
Los documentos necesarios incluyen:
- Documento de identidad (DNI/NIE)
- Formulario de solicitud oficial
- Certificados de empresa en caso de cese reciente
- Acreditaciones de cotizaciones en el extranjero (si procede)
- Número de cuenta bancaria para el ingreso de la pensión
Casos en los que conviene anticiparse aún más
Si has cotizado en el extranjero, tienes lagunas de cotización, has estado en pluriactividad (por ejemplo, en el Régimen General y como autónomo), o vas a optar por la jubilación anticipada o parcial, los expertos recomiendan iniciar los trámites entre 4 y 6 meses de antelación.
Esto se debe a que en estos supuestos es más probable que se soliciten informes adicionales o que haya que revisar de forma más exhaustiva el historial de cotización de los solicitantes. La tramitación puede demorarse algo más de tiempo y, por ello, conviene tener margen extra.
¿Cuánto tarda la resolución?
En condiciones normales, la resolución suele emitirse en un plazo de 4 a 8 semanas. Sin embargo, en épocas de alta demanda, como suele ser el caso de los meses previos al verano y fin de año, es decir durante los meses de junio y diciembre, los plazos pueden alargarse más de lo esperado, especialmente si la documentación presenta algún tipo de errores o se encuentra incompleta por algún motivo.
En definitiva, aunque la ley permite solicitar la jubilación hasta tres meses después de cumplir la edad, lo más prudente es anticiparse al menos tres meses antes, y más aún si hay circunstancias que complican el asunto. Dejarlo para el último momento no solo es arriesgado: puede costarte dinero.