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¿Cuánto tiempo se tarda en cobrar la pensión tras jubilarse? Fechas clave y plazos según el INSS

El derecho a cobrar es inmediato, el pago no tanto
El derecho a cobrar es inmediato, el pago no tantoTelecinco.es
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La jubilación trae consigo no solo un cambio de vida, sino también una serie de preguntas muy concretas. Una de las más recurrentes entre quienes acaban de cesar su actividad laboral es: ¿cuándo cobraré la primera pensión? Saber cuándo se ingresa el primer pago, cuánto puede demorarse la resolución administrativa y qué ocurre si hay retrasos es importante a la hora de planificar esta nueva etapa.

¿Cuándo empieza a contar el derecho a pensión?

Según la normativa de la Seguridad Social, el derecho al cobro de la pensión de jubilación comienza el día siguiente al cese de la actividad laboral, siempre que se haya presentado la solicitud dentro del plazo establecido. Este periodo se sitúa entre los tres meses anteriores y los tres meses posteriores a la fecha de jubilación efectiva.

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Si se solicita fuera de ese margen, el derecho a cobrar la pensión comienza desde el momento de la solicitud, sin carácter retroactivo, indica el INSS .

¿Cuánto tarda el INSS en aprobar y abonar la pensión?

Una vez presentada la solicitud, el INSS tiene un plazo de 90 días para resolver el expediente. En la práctica, si la documentación está completa y no hay incidencias, la resolución suele emitirse en un plazo medio de 4 a 6 semanas. Pero este plazo puede alargarse hasta el máximo legal (tres meses) en épocas de alta demanda, por ejemplo, tras campañas de jubilación anticipada, antes del verano o a finales de año.

Tras la aprobación, el pago de la primera pensión suele producirse entre el día 25 y 28 del mes siguiente a la resolución, aunque puede variar ligeramente según la entidad bancaria y la comunidad autónoma.

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¿Qué ocurre si se retrasa el pago?

Si el expediente se resuelve favorablemente pero el INSS tarda en efectuar el ingreso, se puede reclamar a través del sistema de atención al ciudadano, mediante el portal Import@ss o en una oficina del INSS con cita previa. En caso de demora injustificada, se puede presentar una reclamación formal que, en última instancia, puede generar intereses por mora a favor del beneficiario.

Desde asociaciones como la OCU se recomienda no cerrar cuentas bancarias, ni cambiar de entidad hasta asegurarse de que el pago se ha hecho efectivo, ya que los errores en los datos bancarios son una causa frecuente de retraso.

Fechas clave para tener en cuenta

Solicitud previa: hasta 3 meses antes de la jubilación.

  • Inicio del derecho económico: desde el día siguiente al cese laboral (si se ha solicitado a tiempo).
  • Resolución del INSS: hasta 90 días naturales tras la solicitud.
  • Primer pago: generalmente a finales del mes siguiente a la resolución.

Algunas entidades financieras como CaixaBank, BBVA o Santander adelantan el pago de la pensión unos días antes del 25 de cada mes, por convenio con la Seguridad Social, aunque este adelanto es una práctica bancaria, no una obligación legal.

Aunque el marco legal permite un plazo de hasta tres meses para resolver la jubilación, en la práctica, el primer ingreso puede llegar uno o dos meses después del cese laboral, si se han gestionado correctamente los trámites. Por eso, anticiparse, reunir bien la documentación y seguir el expediente con atención es tan importante como celebrar el retiro. Porque jubilarse con tranquilidad también implica cobrar a tiempo.