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Qué jubilados podrán reclamar el complemento de maternidad en su pensión: requisitos y plazos

Pensionistas
Nuevo cambio a la hora de reclamar el complemento de maternidad. Getty Images
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Nuevo cambio a la hora de reclamar el complemento de maternidad que afecta a miles de pensionistas en España. El Tribunal Supremo ha emitido una sentencia que permite a los ciudadanos solicitar el ahora denominado complemento para reducir la brecha de género con carácter retroactivo, incluso si fue denegado en un primer momento. Rechazarlo se considera discriminación por razón de sexo.

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El motivo de esta resolución se debe al caso de un pensionista de Clases Pasivas, al que no se le había permitido recibirlo pese a cumplir con los requisitos. Ahora el complemento de maternidad por aportación demográfica puede ser disfrutado por ambos progenitores si se jubilaron entre 2016 y 2021 y cumplían con los requisitos de tener dos o más hijos. Los hombres que tengan reconocida una pensión contributiva desde 2021 pueden volver a solicitar el complemento, en caso de que se les hayan negado previamente.

El alto tribunal destaca que este criterio coincide con lo que ha venido sosteniendo la sala de lo social sobre el disfrute dual del complemento de maternidad por aportación demográfica en relación al régimen de la Seguridad Social. "Habiéndose configurado legalmente el complemento de maternidad como un complemento individual, la inclusión del colectivo discriminado por razón de sexo determina que los hombres adquieran el derecho al complemento en las mismas condiciones", indica la sentencia.

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Reclamación administrativa ante el INSS

Según publica la Seguridad Social, este plus en la nómina mensual se calcula como un porcentaje sobre la cuantía de la prestación original, variando según el número de descendientes. Así que, recibir los atrasos correspondientes supone tener que declararlo correctamente al fisco al tratarse de rendimientos del trabajo.

Es fundamental presentar la reclamación administrativa previa ante el INSS antes de acudir a la vía judicial. En este sentido, el Tribunal Supremo ha aclarado que la prescripción de este derecho no debe aplicarse de forma restrictiva, lo que facilita el acceso al dinero a quienes lo daban por perdido. Así que, independientemente de la fecha en la que se solicitó por primera vez, la justicia ampara ahora el cobro de un beneficio que permitirá a muchos hogares salir de una posible situación de vulnerabilidad económica.

Requisitos legales y plazos

El pensionista debe haber accedido a una pensión de jubilación, incapacidad permanente o viudedad entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021. El complemento puede oscilar entre el 5% y el 15% de la pensión mensual. Así que, la cuantía final acumulada tras varios años de denegación puede ascender a varios miles de euros. Eso sí, la planificación para el próximo ejercicio del IRPF debe incluir este nuevo escenario de ingresos recurrentes y retroactivos.

  • Del 1 de enero al 31 de diciembre: Plazo abierto para la presentación de reclamaciones administrativas ante el INSS.
  • Del 1 de abril al 30 de junio: Periodo de liquidación de impuestos donde se deben incluir los atrasos cobrados.