Expropiar o impedir que los fondos buitres compren viviendas para especular: dos vías para evitar desahucios como el de Maricarmen

La posibilidad de expropiar un inmueble está contemplada en el artículo 33 de la Constitución española
Una ley de 1994 y el Código Civil franquista hicieron posible el desahucio de Maricarmen de su casa
El desalojo de Maricarmen ha acercado posiciones entre los partidos que apoyaron la mayoría parlamentaria de Pedro Sánchez para facilitar la aprobación en el Congreso de un nuevo decreto sobre vivienda que termine con situaciones como la vida por esta mujer de 87 años desalojada de su casa por una empresa inmobiliaria. El debate ahora está sobre si es posible expropiar estas viviendas o si es mejor prohibir que los fondos buitres o sociedades similares puedan comprar viviendas en España para enriquecerse.

Sumar apuesta por la expropiación
La propuesta planteada por uno de los partidos del Gobierno, en este caso Sumar, pasa por expropiar la vivienda de María Carmen a los propietarios de Urbagestión. Pero, ¿es legalmente posible?
Sobre el papel, sí. La posibilidad de expropiar un inmueble está contemplada tanto en el artículo 33 de la Constitución española como en la Ley de Expropiación Forzosa de 1954. Sin embargo, se trata de una medida de difícil aplicación práctica. Para que pueda llevarse a cabo una expropiación debe acreditarse la existencia de un interés social y, además, abonarse una indemnización que se considere un justiprecio.
Pese a ello, la propuesta plantea numerosas dudas entre los expertos. Una de ellas es por qué actuar únicamente sobre la vivienda de Maricarmen y no sobre todas aquellas que se encuentran en una situación similar. Otra cuestión que surge es si la solución pasa por la expropiación o, por el contrario, por una reforma legal que limite la capacidad de los fondos para especular con la vivienda.
Existe, además, un precedente en Baleares. En 2021, la comunidad autónoma expropió 16 viviendas para incorporarlas al parque de alquiler social. En ese caso, la medida fue posible porque la legislación balear de vivienda contempla expresamente esa posibilidad.
