Anulan la condena a un estafador que robó a las máquinas de Metro porque con su método no podría engañar a una persona

Archivo - Metro de Madrid, máquinas, billetes, pasajeros, turismo, turistas, viajeros, viajando, viajar
  • El hombre engañaba a la máquina expendedora de billetes con una pieza metálica similar a una moneda de 2 euros

  • La Audiencia de Madrid le condenó en primera instancia a 6 años y 6 meses de prisión por un delito de falsificación de moneda en concurso

  • El Tribunal Supremo señala que para que se dé el delito de falsificación la réplica debe "engañar a una persona media" y no a una máquina

Compartir

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ha anulado la condena a un hombre por un delito de falsificación de moneda al utilizar unas piezas metálicas similares a las de 2 euros para estafar 5.000 euros a las máquinas expendedoras de billetes del Metro de Madrid.

El hombre introducía las piezas, de las mismas dimensiones, peso y efecto electromagnético de las monedas de dos euros en la ranura de la máquina y luego anulaba la operación, haciendo que la máquina le devolviera una moneda de dos euros de curso legal, según se indica en la resolución, recogida por Europa Press.

PUEDE INTERESARTE

Esta operación, la habría repetido al menos 2.500 veces en numerosas estaciones de Metro de Madrid, entre junio y noviembre de 2014 haciéndose con un botín de unos 5.000 euros.

La Audiencia de Madrid le condenó en primera instancia a 6 años y 6 meses de prisión por un delito de falsificación de moneda en concurso medial con un delito continuado de estafa, con la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas, penas que ratificó el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).

PUEDE INTERESARTE

El Supremo, sin embargo, ha estimado parcialmente el recurso del acusado y le absuelve del delito de falsificación de moneda, por lo que la condena pasa a ser de 4 meses de prisión por el delito de estafa. El alto tribunal explica que el delito de falsificación de moneda, con una extraordinaria penalidad --de 8 a 12 años de prisión--, exige que la moneda imitada sea lo suficientemente parecida a la original como para engañar a una persona media, es decir, ha de ser idónea para acceder al tráfico económico y a su utilización como instrumento de pago intrapersonal.

Las piezas usadas para 'engañar' a las máquinas de billetes no podía confundir a una persona

En el caso analizado, "al margen del grosor y el diámetro que pudiera corresponder al de las monedas de dos euros, la apariencia de las piezas metálicas utilizadas en la defraudación excluye el más mínimo riesgo de confusión con una moneda de curso legal".

PUEDE INTERESARTE

"Carecen de todo perfil, de todo relieve, de todo signo identificativo que pudiera hacerles pasar por una moneda de curso legal. Su apariencia es la de una pieza metálica redonda con los dos planos lijados, al modo de las viejas fichas telefónicas que se utilizaban en las cabinas públicas, pero sin hendiduras o a la de las fichas empleadas en las atracciones de feria", argumenta la decisión.

Da cuenta además de que esa "ausencia de genuinidad" fue precisada en el propio informe pericial y en ello coincidieron los empleados de Metro de Madrid que extrajeron las piezas de las máquinas expendedoras. Para el Supremo "resulta difícilmente explicable que con el material probatorio --testifical y pericial-- producido y disponiendo de la posibilidad de observar directamente las piezas metálicas que obraban como piezas de convicción, se pueda identificar el más mínimo trazo de genuinidad con monedas de curso legal", por lo que hubo lesión del derecho a la presunción de inocencia por manifiesta incompletitud e irracionalidad en la valoración probatoria.

La Sala señala que no era suficiente que las piezas, por sus características de peso, dimensiones y efecto electromagnético, sirviesen para 'engañar' a las máquinas expendedoras, lo cual queda absuelto del delito de estafa que se confirma, sino que para condenar por falsificación de moneda debían parecerse a las monedas de dos euros, aunque el tipo tampoco exija una suerte de "virtuosismo falsario" que haga indistinguible la moneda genuina de la imitada, según explica la sentencia.