Galicia pide autorización para prohibir también las reuniones en domicilios entre las 03 y las 06 horas

  • La Xunta de Galicia ha solicitado al TSXG la autorización para prohibir también las reuniones en domicilios entre las 03 y las 06 horas

  • Esta medida ya se puso en marcha en anteriores olas en las que además de estado de alarma en España

  • Como se matizó en anteriores ocasiones, hay excepciones a las reuniones en domicilios

La Xunta de Galicia ha solicitado al Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) que además de limitar las reuniones en espacios públicos desde el cierre de los establecimientos de hostelería y discotecas, establecido finalmente a las 3:00 horas, hasta las 6:00 horas, esta misma restricción se aplique a domicilios privados.

Esta medida ya se puso en marcha en anteriores olas en las que además de estado de alarma en España, estaba vigente la situación de emergencia sanitaria en la Comunidad gallega. Con la explosión de los casos derivada de la variante ómicron, la Xunta ha adoptado medidas en esta fase final de la Navidad, especialmente encaminadas a parar las fiestas de Fin de Año, con el cierre del ocio nocturno a las 03:00 horas, sin que se permitan además eventos.

Al margen de horarios de cierre, para los que no tiene que pedir autorización --tampoco para aforos--, el Gobierno gallego sí se ha dirigido al TSXG este miércoles para solicitar permiso para extender el certificado covid19 a la hostelería durante toda la jornada (lo que incluye a bares) y para limitar las reuniones, tanto en espacios públicos --parques y calles-- como privados.

Excepciones de la Xunta

Como se matizó en anteriores ocasiones, hay excepciones a las reuniones en domicilios. Así, se quedan fuera de esta limitación de reunión las personas que viven solas, que pueden formar parte de una única unidad familiar de convivencia ampliada; la reunión de personas menores de edad con sus progenitores, en el caso de que no convivan en el mismo domicilio; y la reunión de personas con vínculo matrimonial o de pareja, cuando vivan en domicilios diferentes.

También está permitido el cuidado, atención, asistencia o acompañamiento a personas menores de edad, mayores o dependientes, con discapacidad o especialmente vulnerables. Del mismo modo, la Xunta permite que se pernocte en el mismo domicilio en el caso de reunión o reencuentro familiar o de allegados. También por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.