Agresión sexual

El TSJPV confirma pena de prisión para un hombre por agresión sexual a una niña de 12 años en Bilbao

Palacio de Justicia de Bilbao. EP archivo
  • La defensa del agresor sexual en su recurso ante el TSJPV argumentaba que el relato de la niña no era creíble

  • La sentencia del TSJV ratifica una sentencia contra el hombre que abusó sexualmente de la niña, sobrina de su pareja, en la casa que todos compartían

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El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha confirmado la condena de 11 años y un día de cárcel para un hombre por un delito continuado de agresión sexual a una niña, sobrina de su pareja. Los magistrados han valorado el relato de la menor que sufrió los abusos desde que tenía 12 años, al darle credibilidad a su testimonio, algo que la defensa del agresor ponía en duda.

Según los hechos probados, en septiembre de 2020 el condenado comenzó a convivir con su novia y la sobrina de esta, una niña de 12 años, en un piso de Bilbao. El hombre aprovechó los ratos en que la madre estaba fuera de casa trabajando para agredir sexualmente a la menor, hechos que fueron denunciados por la Fiscalía dos años más tarde.

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La defensa del agresor sexual argumentaba que el relato de la niña no era creíble

La resolución de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior del TSJPV ha ratificado la sentencia de la Audiencia de Bizkaia y ha desestimado el recurso interpuesto por el acusado, que aducía que se había vulnerado su derecho a la presunción de inocencia porque su condena había descansado en el testimonio de la víctima, que calificaba de "ambiguo" y con "contradicciones".

La defensa del agresor sexual argumentaba que el relato de la menor no cumplía con las exigencias para enervar su presunción de inocencia y aseguraba que había una "mayor empatía y sensibilidad con la víctima por parte de letrados, jueces y fiscales".

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El TSJPV, sin embargo, ha rechazado esos argumentos y ha considerado que "la menor fue capaz de relatar con lenguaje adecuado a su edad pero en términos claros y ubicando los hechos con detalle, en el espacio y tiempo".

Tras analizar toda la declaración el tribunal concluye: "No apreciamos indicio alguno de exageración o dramatización en el relato. Todo lo contrario: la menor se expresó de forma contenida. Se trata de un relato objetivo". Esta sentencia no es firme y cabe recurso ante el Tribunal Supremo.