Absuelta la enfermera vasca que fingió vacunar a menores al considerar el tribunal que sufre alteración psíquica

Piden 17 años de cárcel para una enfermera que no vacunó a 404 niños en Santurtzi, Vizcaya: "Son actitudes graves"
La enfermera que no vacunó a 404 niños en Santurtzi, Vizcaya. Telecinco.es
  • La sentencia obliga a la procesada a someterse durante siete años a un tratamiento médico externo

  • La enfermera queda inhabilitada para ejercer la profesión sanitaria y deberá pagar 20.000 euros a la administración

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La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Bizkaia ha absuelto a la enfermera del Servicio Vasco de Salud (Osakidetza) juzgada por simular la vacunación de menores entre 2021 y 2022. El tribunal aplica la eximente completa de alteración psíquica del artículo 20.1 del Código Penal al concluir que la acusada padecía un trastorno delirante que anuló por completo su capacidad de comprensión y voluntad en los hechos. Pedían para la procesada hasta 17 años de prisión.

La resolución judicial, fechada el 8 de octubre de 2025, declara que la mujer queda exenta de responsabilidad criminal debido a su enfermedad mental, aunque establece medidas de seguridad y responsabilidad civil.

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El tribunal, sin embargo, impone a la acusada como medida de seguridad siete años de tratamiento médico externo pautado por un médico especialista en psiquiatría y el mismo periodo de inhabilitación para el ejercicio de profesión o empleo público en el ámbito de las profesiones sanitarias.

Además, también fija que la acusada indemnice a Osakidetza, Servicio vasco de Salud, con 20.000 euros por los gastos que supuso para el Servicio Vasco de Salud volver a inocular a los menores.

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La enfermera ha sido absuelta de los dos delitos a los que se enfrentaba: el de daños continuados y el de falsedad documental. Por ambos le pedían hasta 17 años de prisión.

La procesada deberá hacer tratamiento psiquiátrico

Es por el delito continuado de daños, que debe someterse a tratamiento médico externo pautado por un médico especialista en psiquiatría por tiempo de 2 años y la medida de inhabilitación para el ejercicio de profesión o empleo público en el ámbito de las profesiones sanitarias referidas en la Ley 44/2003, de 21 de noviembre por tiempo de 2 años.

Por el delito continuado de falsedad deberá seguir las mismas medidas de sometimiento a tratamiento médico externo pautado por un médico especialista en psiquiatría por tiempo de 5 años y la medida de inhabilitación para el ejercicio de profesión o empleo público.

La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo del 10 días.