Sanidad

El Sergas condenado a indemnizar a una mujer a la que amputaron una pierna en Vigo tras un diagnóstico tardío

Hospital Ribera Povisa de Vigo, donde la mujer fue intervenida. EP
  • El Tribunal reconoce responsabilidad del Sergas en la pérdida de una extremidad tras no detectar a tiempo una patología grave

  • El Sergas debe pagar a la mujer 90.000 euros de indemnización

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VigoUn juez ha dictado una sentencia por la que el Servizo Galego de Saúde (Sergas) debe pagar una indemnización a una mujer a la que le amputaron su pierna izquierda en la realización, en el Hospital Povisa, de una intervención quirúrgica -una tromboembolectomía- que estaba desaconsejada para su caso. Se ha fijado en 90.000 euros la indemnización para la mujer, quien acababa de cumplir 49 años cuando perdió la pierna, aplicando el principio legal de la pérdida de oportunidad.

Los hechos ocurrieron en 2019, cuando la mujer, que contaba entre sus antecedentes médicos con una cardiopatía isquémica y un infarto agudo de miocardio ocurrido el año anterior, acudió el 17 de septiembre a Urgencias del Hospital Povisa por sentir frialdad y debilidad en el pie izquierdo, síntomas que arrastraba desde hacía aproximadamente dos meses. Los médicos decidieron su ingreso inmediato, y dos días después fue sometida a una intervención quirúrgica por el cuadro isquémico, realizándole una tromboembolectomía transfemoral izquierda mediante catéter, para extraer un trombo que impedía la correcta circulación sanguínea.

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La mujer tuvo que ser intervenida de nuevo menos de un mes después

Al no presentar mejoría, fue reintervenida el 26 de septiembre y recibió el alta hospitalaria en octubre. Sin embargo, a finales de ese mes, el 28 de octubre exactamente, volvió a ingresar por dolor en el pie y signos de gangrena en los dedos, lo que finalmente provocó la amputación de la pierna izquierda: inicialmente por debajo de la rodilla, pero debido a la mala evolución de la extremidad, la extirpación se tuvo que realizar por encima de la articulación.

Además de este hecho central, tampoco se actuó correctamente tras la realización de la técnica quirúrgica inicial y la reintervención posterior, ya que no se agotaron todas las opciones terapéuticas. Por ello, la jueza aprecia una posible mala praxis asistencial, aunque señala que los límites entre ésta y la doctrina de la pérdida de oportunidad son difusos. Finalmente, ha optado por aplicar esta última, considerando que, dados los antecedentes médicos de la paciente, «no se puede asegurar que la realización de otras pruebas diagnósticas más acordes con los estándares médicos hubiera producido un resultado distinto y más favorable», según recoge el Faro de Vigo.

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El perito judicial concluyó, sin embargo, que si se hubiera realizado una cirugía abierta en lugar de la técnica elegida, las probabilidades de evitar la amputación habrían sido muy elevadas, alrededor del 90 %. La sentencia aún no es firme, por lo que cabe recurso en apelación.