Desestimados la mayoría de recursos al fallo por la explosión en Tui que causó dos muertes

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El acusado interviene durante un juicio por la explosión de la pirotecnia de Tui. Europa Press
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El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) ha ratificado en lo sustancial la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Pontevedra por la explosión de un almacén pirotécnico ilegal ocurrida en Tui , Pontevedra en 2018, que causó dos muertes, decenas de heridos y cuantiosos daños materiales.

Según la resolución facilitada este martes, el alto tribunal gallego ha desestimado la mayoría de los recursos presentados, confirmando así gran parte del fallo de primera instancia, aunque estima parcialmente algunas alegaciones y incrementa determinadas indemnizaciones a víctimas y familiares de los fallecidos.

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En concreto, el TSXG rechaza los recursos interpuestos por las aseguradoras y por el Ayuntamiento de Tui, así como buena parte de las impugnaciones formuladas por afectados

No obstante, el tribunal estima los recursos presentados por una de las afectadas y por familiares de las dos víctimas mortales, a quienes reconoce ahora la condición de damnificados, corrigiendo la sentencia de primera instancia en materia de responsabilidad civil.

De este modo, el TSXG reconoce como perjudicados al hermano de uno de los fallecidos y a la madre y los cinco hermanos de la otra víctima mortal, que no figuraban como damnificados en la resolución inicial.

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Las indemnizaciones que les correspondan se fijarán conforme al baremo legal en la fase de ejecución de sentencia y deberán ser abonadas de forma directa y solidaria por la aseguradora, hasta el límite máximo de 1,5 millones de euros establecido en la póliza

La resolución confirma el resto del fallo dictado a finales de 2024 por la sección segunda de la Audiencia Provincial de Pontevedra, tanto en lo relativo a los hechos probados como a las responsabilidades penales declaradas.

Los hechos se remontan a mayo de 2018, cuando un almacén pirotécnico ilegal explotó en la parroquia tudense de Paramos, provocando la muerte de dos personas, decenas de heridos y graves daños materiales en viviendas y vehículos de la zona.

En una vista de conformidad, el responsable de la empresa admitió los hechos y aceptó una condena de cuatro años de prisión por dos delitos de homicidio imprudente, 28 delitos de lesiones por imprudencia y tres delitos de riesgo catastrófico provocados por explosivos, además del pago de las correspondientes indemnizaciones.responsabilidades civiles.