Tribunales

La Audiencia Nacional deja en libertad a un 'narco' de la Mocro Maffia por un error judicial

En libertad a Firass Taghi, investigado por sus vínculos con el narcotráfico y la Mocro Maffia. Informativos Telecinco
  • Dos errores judiciales favorecen la puesta en libertad de Firass Taghi, buscado en Países Bajos

  • La Mocro Maffia, una organización criminal surgida en Ámsterdam dedicada al narcotráfico a nivel global

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La Audiencia Nacional (AN) ha puesto en libertad a Firass Taghi, investigado por sus vínculos con el narcotráfico y la Mocro Maffia debido a un error judicial. El detenido debía ser entregado a Países Bajos el pasado 17 de agosto, pero no se realizó por lo que sus abogados han reclamado su libertad al haber excedido los plazos legales para materializar su entrega.

La decisión de entregar a Taghi se convirtió en firme el 7 de agosto, fecha desde la cual había diez días para llevarla a efecto, según explica un auto de la Sala de Apelación de la AN, al que ha tenido acceso Europa Press.

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La entrega a las autoridades de Países Bajos no se realizó y el 3 de septiembre, el titular del Juzgado Central de Instrucción Número 5, Santiago Pedraz, decidió mantener la medida de prisión acordada para garantizar, precisamente, la entrega de Taghi.

Dos errores judiciales favorecen la puesta en libertad del sospechoso de vínculos con la Mocro Maffia

La defensa recurrió alegando, por un lado, que la resolución judicial de Pedraz no era la adecuada formalmente --porque se trataba de una providencia y debió ser auto-- y, por otro, que cuando se dictó se habían excedido los plazos legales.

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La Sala de Apelación de la AN ha dado la razón a la defensa sobre la primera alegación y reconoce que Pedraz debió resolver mediante auto, si bien cree que es un defecto que ha quedado subsanado con el ahora dictado por la propia Sala.

En cambio, los magistrados consideran que el segundo error, que también aprecian, no tiene reparación posible porque la ley fija que "la entrega de la persona reclamada se hará efectiva por agente de la autoridad española, previa notificación a la autoridad designada al efecto por la autoridad judicial de emisión del lugar y fechas fijados, siempre dentro de los diez días siguientes a la decisión judicial de entrega".

"Si por causas ajenas al control de alguno de los estados de emisión o de ejecución no pudiera verificarse en este plazo, las autoridades judiciales implicadas se pondrán en contacto inmediatamente para fijar una nueva fecha, dentro de un nuevo plazo de diez días desde la fecha inicialmente fijada", añade la ley.

La Sala explica que, en este caso, han transcurrido "en exceso" los diez días, "sin que conste motivo alguno que impida dicha materialización", por lo que estima el recurso de apelación y deja sin efecto la "prisión instrumental", ordenando así su puesta en libertad.