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Multa de hasta 500 euros por llevar una bicicleta mal sujeta en el coche: el error que cometen miles de conductores en verano

Bicicleta en un coche de un equipo ciclista
Bicicleta en un coche de un equipo ciclista.. Europa Press
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Cuando vamos a realizar un desplazamiento en coche, no solamente hay que jugar al Tetris para conseguir encajar toda la carga en el maletero de forma segura, sino que en ocasiones hay que transportar cargas de grandes dimensiones, lo cual no solamente dificulta la operativa, sino que hay que tener en cuenta realizar todo el proceso de forma concienzuda para evitar tanto sanciones como posibles accidentes en caso de no sujetar correctamente las bicicletas que transportemos.

Cómo sujetar correctamente la bicicleta

Dependiendo del número de bicicletas que queramos transportar en el exterior del vehículo y de la comodidad para sujetarlas, podemos elegir varias opciones. La más habitual para un uso particular es el portabicicletas trasero, que se coloca tras el portón del maletero y permite hasta 3 bicis. En este, si la carga no supera el ancho del vehículo incluyendo los espejos laterales, deberemos colocar una señal V-20 (de dimensiones 50 por 50 centímetros) perpendicular al eje del vehículo. Si la carga ocupa la anchura del vehículo, deberemos colocar dos, una en cada extremo de la carga formando una V invertida.

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Hay que tener en cuenta que, en caso de tapar la matrícula o las luces traseras, se debería instalar un dispositivo supletorio de alumbrado y señalización más una placa de matrícula adicional por fuera de la carga. En ningún caso podrá sobresalir más del ancho del vehículo con espejos incluidos y, según el artículo 15.3 del Reglamento General de Circulación, “en el resto de los vehículos no destinados exclusivamente al transporte de mercancías la carga podrá sobresalir por la parte posterior hasta un 10 por ciento de su longitud, y si fuera indivisible, un 15 por ciento”. El proceso de sujeción mediante este accesorio se realiza con cinchas, correas o tensores elásticos de amarre. La DGT en ningún caso recomienda el uso de abrazaderas de plástico o bridas.

Otra alternativa, la más utilizadas por los equipos profesionales, es el portabicicletas de techo. De esta forma, se deja libre el maletero y las bicicletas van en un accesorio de tipo baca. Suele ser más recomendable cuando las bicis son más ligeras, para poder subirlas mejor al techo. Hay que tener en cuenta que esta disposición puede provocar posteriormente una peor aerodinámica, lo que se puede notar en oscilaciones y un incremento del consumo.

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De tipo remolque podemos instalar uno de bola, de enganche sencillo o de plataforma, que se enganchan muy fácilmente y, además de permitir una colocación muy cómoda, permiten acceder al maletero incluso después de haberlas colocado. Como en el primer caso, si tapamos la matrícula deberemos estar correctamente identificados con una matrícula en el propio accesorio. La última opción es un remolque propiamente dicho, más recomendado si queremos transportar muchas bicis. Para estas dos últimas opciones, hay que cerciorarse de que la carga total, una masa compuesta por el peso de las bicicletas más los portabicicletas no supere el límite autorizado por el fabricante, teniendo en cuenta que las bicis de adulto suelen tener un peso entre 12 y 15 kilos y las de niños entre 8 y 10 kilos.

Sea cual sea el método elegido, la DGT recuerda que “las bicicletas deberán ir perfectamente instaladas para que no se puedan caer, desplazarse, arrastrar, producir ruidos, polvo u otras molestias”. Además, en términos de visibilidad deberemos asegurarnos que la carga no impida la correcta visión a través del espejo retrovisor central del habitáculo. Si ese es el caso, será necesario llevar obligatoriamente un retrovisor exterior en el lado derecho.

Sanciones más frecuentes por bicis mal instaladas

El artículo 76.R) del texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial establece como una infracción grave “conducir vehículos con la carga mal acondicionada o con peligro de caída”. Teniendo en cuenta la peligrosidad de la infracción, esto está multado con hasta 200 euros de multa, aunque no se prevé la retirada de puntos.

Otras infracciones menores que podemos cometer en el proceso de sujeción de las bicicletas al vehículo es por ejemplo no señalizar debidamente la carga trasera con las señales V-20. En ese caso, nos pondrían una multa de 80 euros que podría llegar a 200 cuando hacen falta dos. Este mismo importe es el que se considera cuando la carga oculte parcialmente las luces traseras. En el caso de que la ocultación sea de la placa de matrícula, como se estime que lo hemos podido hacer de forma intencional, podría ascender hasta los 500 euros.

Lo que sí será esta pérdida económica en todos los casos es, según establece el artículo 77.B) de la Ley de Tráfico, “Circular con un vehículo cuya carga ha caído a la vía, por su mal acondicionamiento, creando grave peligro para el resto de los usuarios”. En este caso, al estar integrada en el artículo 77, que hace referencia a las infracciones muy graves, se nos penalizaría con 500 euros, pero además se nos quitarían hasta 6 puntos del carnet de conducir por el peligro que hemos causado y el accidente que podríamos haber provocado.