Política sanitaria

Sanidad amplía la prueba de talón para detectar 21 enfermedades y el cribado de colon a los 74 años

La ministra de Sanidad, Mónica García, durante la clausura del acto institucional para conmemorar el 40 aniversario de la Ley General de Sanidad
La ministra de Sanidad, Mónica García, durante la clausura del acto institucional para conmemorar el 40 aniversario de la Ley General de Sanidad. Eduardo Parra / Europa Press
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El Ministerio de Sanidad ha publicado este lunes en el BOE la orden con la que ha incorporado nueve cribados neonatales nuevos en la cartera común de servicios hasta las 21 patologías y ha elevado hasta los 74 años la edad de participación en el cribado de cáncer colorrectal.

"Una decisión que refuerza la prevención, llega antes y protege mejor", ha resaltado la titular de Sanidad, Mónica García, durante el acto institucional para conmemorar el 40 aniversario de la Ley General de Sanidad. Esta orden es "fruto del legado" del exministro de Sanidad socialista Ernest Lluch.

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¿Cuáles son las 21 enfermedades incluidas en el cribado neonatal?

En la orden SND/356/2026 de 13 de abril se modifica en profundidad los programas de cribado prenatal, neonatal y de cáncer del Sistema Nacional de Salud, empezando por la 'prueba del talón', que pasa a denominarse oficialmente Programa de cribado neonatal de enfermedades congénitas en prueba de talón e incorpora un total de 21 patologías:

  1. Hipotiroidismo congénito
  2. Fenilcetonuria
  3. Fibrosis quística
  4. Deficiencia de acil-coenzima A-deshidrogenasa de cadena media
  5. Deficiencia de 3-hidroxi-acil-coenzima A-deshidrogenasa de cadena larga
  6. Acidemia glutárica tipo 1
  7. Anemia falciforme
  8. Enfermedad de la orina con olor a jarabe de arce
  9. Deficiencia de biotinidasa
  10. Hiperplasia suprarrenal congénita
  11. Homocistinuria
  12. Tirosinemia tipo 1 (*)
  13. Acidemias metilmalónicas (Acidemia metilmalónica aislada y acidemia metilmalónica combinada con homocistinuria)
  14. Acidemia propiónica
  15. Deficiencia primaria de carnitina
  16. Deficiencia de acil-coA deshidrogenasa de cadena muy larga
  17. Acidemia isovalérica
  18. Aciduria 3-hidroxi 3-metilglutárica
  19. Inmunodeficiencia combinada grave
  20. Atrofia muscular espinal
  21. Adrenoleucodistrofia ligada al cromosoma X
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Se obliga a desarrollar un sistema de información estatal para seguir y evaluar el programa, con informe técnico anual de Sanidad accesible a ciudadanía y administraciones. Las CCAA deben adaptar sus programas en el plazo fijado por la orden que señala un año.

Cribados durante la etapa prenatal

Durante la etapa prenatal se refuerza la protección mediante tres programas de cribado poblacional, el primero el de preeclampsia, incorporando un test combinado en el primer trimestre (bioquímica, ecografía de arterias uterinas y tensión arterial) para detectar precozmente este riesgo.

El segundo es el de detección de enfermedades infecciosas, garantizando la oferta universal a todas las embarazadas de las pruebas de sífilis, VIH, hepatitis B y estreptococo del grupo B y ofreciendo pruebas de hepatitis C, Chagas o Zika según los grupos de riesgo.

Y un tercero para anomalías cromosómicas, para lo que se estandariza el uso del test de ADN fetal libre en sangre materna como prueba de segunda línea para detectar trisomías (21, 18 y 13) ante riesgos incrementados

Asimismo, el texto unifica el acceso a la fecundación in vitro con ovocitos donados al eliminar la restricción de 36 años para personas con fallo ovárico prematuro e igualar el límite en los 40 años, aplicable al resto de supuestos.

Ampliación del cribado de cáncer de colon

En cáncer colorrectal, el cribado poblacional se amplía y fija como población diana a hombres y mujeres de 50 a 74 años, mediante test de sangre oculta en heces cada dos años, en línea con las recomendaciones europeas sobre detección precoz. La orden prevé un calendario progresivo de implantación (horizontes de 5 y 10 años para que todas las CCAA hayan ampliado el programa y alcancen cobertura casi total en 70-74).

Otras medidas anunciadas

Igualmente, modifica la composición del Comité Asesor en el Área de Genética incorporando dos vocalías representadas por federaciones de pacientes, garantizando que los colectivos afectados formen parte directa del proceso de actualización de la cartera común de servicios.

La nueva normativa moderniza la Red Estatal de Vigilancia en Salud Pública, dotándola de una capacidad de respuesta ininterrumpida ante posibles brotes o emergencias. De este modo, se articula, por primera vez, un sistema coordinado entre el Estado y las comunidades con cobertura las 24 horas del día, los 365 días del año, lo que garantiza una reacción inmediata y adaptada a las características demográficas y geográficas de cada territorio.

En este contexto de respuesta rápida, la norma prioriza la transparencia y la lucha contra la desinformación o 'infodemia' durante situaciones de crisis, garantizando que la ciudadanía reciba siempre recomendaciones oficiales veraces a través de la puesta en marcha de canales de comunicación directos, que permitirán informar puntualmente sobre la evolución de los riesgos detectados y trasladar las pautas necesarias para la prevención y el control ante cualquier alerta sanitaria.

Bajo el enfoque del "modelo social de la salud", la vigilancia evoluciona para no limitarse únicamente al control de enfermedades transmisibles sino que, a partir de ahora, el Ministerio de Sanidad y las autonomías asumen la responsabilidad directa de crear y mantener sistemas específicos para monitorizar de forma integral la salud mental, el impacto ambiental, las adicciones y los determinantes.