El Gobierno pone fin al uso obligatorio de la mascarilla en interiores en España: estas son las excepciones

El Consejo de Ministros aprueba el fin de las mascarillas en interiores en España
La ministra de Sanidad, Carolina Darias, anuncia que la mascarilla no se usará en los centros escolares en ningún caso
La mascarilla seguirá siendo preceptiva, no obstante, en todos los transportes públicos y en los establecimientos sanitarios
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el Real Decreto mediante el cual el uso de mascarillas dejará de ser obligatorio en los espacios interiores en España. La medida será efectiva mañana, miércoles 20 de abril, cuando sea publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Sin embargo, hay algunas excepciones donde sí habrá que mantener la mascarilla.
La mascarilla deberá usarse en establecimientos sanitarios y transporte público
La mascarilla seguirá siendo preceptivo, no obstante, en todos los transportes públicos, en los establecimientos sanitarios como centros de salud, lugares de donación de sangre, hospitales o farmacias, y en las residencias de ancianos o sociosanitarias, por parte de los trabajadores y los visitantes. No para las personas que vivan en ellas.











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Mascarillas en transporte aéreo y ferroviario
Serán obligatorias en medios de transporte aéreos, ferroviarios, barcos cuando no se pueda mantener la distancia. En la población vulnerable se recomienda uso de mascarilla, como en embarazadas, eventos multitudinarios y en el entorno familiar cuando estemos con personas vulnerables. No se usará la mascarilla en los centros escolares en ningún caso. En los andenes y los accesos al transporte público no será necesaria el uso de mascarilla.

En el ámbito laboral, con carácter general no resultará obligatoria la mascarilla. Ahora bien, los servicios de prevención podrán determinar su uso. La Ponencia de Alertas, que reúne a los expertos del Gobierno y las autonomías, aconsejó utilizar la mascarilla siempre que el trabajo deba realizarse a distancia interpersonal de menos de 1,5 metros y no pueda garantizarse la ventilación adecuada del espacio. La regla general, no obstante, será no obligatorio.
