El juzgado paraliza la eutanasia del vigilante que abrió fuego contra sus excompañeros en Tarragona

El juzgado paraliza la eutanasia del vigilante que abrió fuego contra sus excompañeros en Tarragona
Imagen de archivo de los Mossos d'Esquadra durante un operativo. Europa Press
  • El juzgado paraliza el proceso de eutanasia del llamado 'pistolero de Tarragona', el vigilante de seguridad que en diciembre abrió fuego contra sus excompañeros y un mosso

  • El juzgado atiende así al recurso del sindicato policial USPAC, que señalaba que sobre el derecho a la muerte digna prima el proceso penal contra él

  • Temporalmente, queda paralizado "todo el proceso de eutanasia", al que dio luz verde el Centro Hospitalario Penitenciario de Terrassa

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El juzgado encargado de investigar al vigilante de seguridad de Tarragona que disparó a sus excompañeros y a un mosso en la que era su antigua empresa ha atendido a la petición del sindicato policial USPAC y ha decidido suspender temporalemente la eutanasia que se le iba a practicar el próximo 28 de julio. De este modo, atiende a la razones que esgrimían estos últimos al señalar que sobre su derecho a una muerte digna prima el proceso penal que tiene abierto y el derecho de las víctimas a ser rersarcidas.

De este modo, en una providencia a la que ha tenido acceso EFE, el juzgado de instrucción ordena comunicar al Centro Hospitalario Penitenciario de Terrassa (Barcelona), –en el que se encuentra el acusado y el cual dio luz verde a su proceso de muerte asistida–, que queda paralizado "todo el proceso de eutanasia" hasta que se resuelva el recurso de apelación.

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El vigilante de seguridad, de 46 años, reclamó la eutanasia por la lesión medular que sufre a consecuencia de los disparos de los Mossos d'Esquadra, que en diciembre de 2021 le tirotearon para reducirle cuando se atrincheró en una masía abandonada tras abrir fuego contra sus compañeros de la empresa de seguridad en que trabajaba.

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Desde el primer momento, la acusación particular en la causa se opuso, reclamando al juzgado que paralizara la eutanasia, si bien la jueza decidió autorizarla el pasado 6 de julio al entender que la muerte digna es un "derecho fundamental" y argumentando que la justicia no puede interferir en un proceso de muerte asistida.

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Sin embargo, el sindicato USPAC, a través de su abogado José Antonio Bitos, recurrió la resolución reclamando además en su escrito que el juzgado eleve una cuestión de inconstitucionalidad al Tribunal Constitucional para aclarar si la ley de eutanasia puede vulnerar el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva de las víctimas.

En dicho recurso, USPAC reclama que se suspenda el proceso de muerte asistida, –algo que ahora la jueza ha estimado–, y que continúe el procedimiento penal abierto contra el vigilante.