El niño 'moroso' de 13 años: condenada una empresa por incluir a un menor en un registro de impagos
La jueza considera desproporcionada la inclusión en los listados de morosos por lo "insignificante" de la deuda, 73 euros, y por la condición de menor del deudor
La empresa tendrá que indemnizar con 1.500 euros al menor
Esta historia comienza con una madre a la que un banco abre una cuenta, que no había solicitado, para su hijo, con unas acciones del propio banco. ¿Un regalo?, más bien un dardo envenenado. Porque las acciones no tienen prácticamente valor y las comisiones no solamente se lo comen, sino que acaban generando un saldo negativo de 73,94 euros en la misma. De ahí, la deuda pasa a una empresa de cobro de morosos que incluye a nuestro chaval de 13 años en el registro los que no pagan lo que deben.
"No hay una normativa que especifique a qué edad se podría incluir, o no, a un menor en un fichero de morosos", explica el abogado Ramón Hernández."Pero realmente incluir a un menor es muy extraño, porque el objetivo de estos ficheros es aplicarlo a personas que tengan una actividad económica de algún tipo. Es evidente que un menor no la puede tener a no ser que tenga más de 16 años y esté emancipado".
"No hay una normativa que especifique a qué edad se podría o no incluir a un menor en un fichero de morosos"
Así que cuando a este abogado gaditano, le llego por el turno de oficio, la denuncia presentada por la madre del menor protagonista de esta historia, lo tuvo claro. Más, teniendo en cuenta que no se habían cumplido algunos requisitos legales. Cabía pedir una indemnización por daños morales, que cifró en 8.000 euros.
"Hay un requisito que es clave, y es el haber notificado al deudor moroso la deuda", precisa el abogado. "Ese requerimiento se demostró en el juicio que no se le efectuó. A la madre del menor nunca le llegó que se le iba a incluir en un fichero de morosos".
Y con todos esos argumentos se plantaron la madre, y su abogado, en el juzgado de instrucción numero seis de Cádiz. Ya hay sentencia. La jueza que dirige ese juzgado estima que “su inclusión (la del menor) en el registro y publicación de los datos por la entidad demandada, se antoja desproporcionada teniendo en cuenta lo insignificante de la deuda, 73,84 euros, y la minoría de edad del deudor, circunstancia esta que pone en cuestión la utilidad de los datos en el fichero en orden a informar a terceros sobre su solvencia”.
"Un menor que difícilmente va a efectuar una solicitud de crédito que pueda justificar una consulta a un fichero de morosos”
En román paladino, que incluir a un menor en un fichero parece bastante inútil. Tanto que esa misma circunstancia le sirve a la juez para rebajar la indemnización que se pedía de 8.000 a 1.500 euros porque al ser menor no eran probables consultas sobre su solvencia. En palabras de la juez: “cosa poco verosímil habida cuenta de que se trata de un menor que difícilmente va a efectuar una solicitud de crédito que pueda justificar una consulta a un fichero de morosos”.