Viajar con mascotas: todos los requisitos para disfrutar con tu animal de unas vacaciones fuera de España

  • La elección del destino es determinante

  • La legislación varía si se va a un país de la Unión Europea o no

  • La documentación depende también del tipo de animal doméstico

La llegada de las vacaciones de verano supone que numerosas personas decidan dejar su lugar de residencia habitual para pasar unos días de descanso. Sin embargo, muchos no lo hacen solos, sino que se llevan con ellos a un miembro de la familia de lo más especial: la mascota.

Cada vez son más las personas que viajan con perros, gastos o pájaros. Los animales se convierten en uno más de la familia, incluso durante las vacaciones, gracias a establecimientos pet friendly. Un turismo en alza para el que hay que preparar el animal.

Lo primero a tener en cuenta cuando se viaja es la elección del lugar de destino. De ello dependerá tanto el bienestar del animal como los requisitos a cumplir para viajar con él. Especial atención hay que prestar a los posibles riesgos que rodean a las mascotas cuando se les saca de su ambiente habitual. Si no están acostumbrados al entorno, puede asustarse y huir, incluso perderse.

Una vez elegido el destino, es hora de organizar toda la documentación necesaria. El Ministerio de Agricultura, pesca y alimentación ofrece en su página web una guía para saber todos los papeles que hay que tener en regla antes de poner rumbo a otro destino.

Perros, gatos y hurones

En el caso de perros, gatos y hurones no se pueden desplazar más de cinco animales juntos y siempre, con la persona responsable. Las mascotas solo podrán viajar con otro ciudadano si su dueño realiza el mismo trayecto en un plazo de cinco días.

Si se viaja dentro de la Unión Europea, los estados miembros comparten normativa en este sentido. Así, los animales tendrán que tener el pasaporte europeo de animales de compañía, contar con un microchip y estar vacunados frente a la rabia. En el caso de que el destino sea Reino Unido, Irlanda, Finlandia o Noruega, además habrá que tratar a la mascota contra la Echinococcus multilocularis entre 24 y 120 horas antes del llegar al país de destino.

En el caso de viajar a un país tercero, la cosa se complica. Los turistas deberán cumplir con los requisitos del país en cuestión. Para ello, el Ministerio recomienda dirigirse directamente a la Embajada o Consulado del país que se quiera visitar para informarse sobre el papeleo necesario.

Aves

Si la mascota en cuestión es un ave de compañía, es decir, aquellas especies distintas a las gallinas, pavos, pintadas, ocas, codornices, palomas, faisanes perdices y aves correderas, los pasos a seguir son distintos.

La unión europea no cuenta con una normativa conjunta de movimientos de aves, pero sí ofrece una página web en la que se encuentran todos los requisitos establecidos por los distintos Estados miembros. En el caso de que el destino sea un tercer país, lo mejor es preguntar a su embajada o consulado.

Resto de mascotas

Por último, existen otras especies animales como roedores, conejos o reptiles que, según el Reglamento 576/2013 del Parlamento europeo y del Consejo, también pueden ser consideradas animales de compañía. Al igual que ocurre con las aves, las normas no están armonizadas dentro de la Unión Europea, por lo que cada país tiene sus propios requisitos. Para un Estado no miembro, habría que informarse en la Embajada o Consulado.

Si aunque se intente, es imposible cumplir con toda la documentación y se decide dejarlo en casa, lo mejor es que se quede con una persona de confianza que tenga experiencia en el cuidado de mascotas. Todo para que nuestras vacaciones no se conviertan en una auténtica odisea para el animal.