Cinetube se salva del cierre

INFORMATIVOS TELECINCO / AGENCIAS 18/11/2009 17:43

El artículo 270 del Código Penal castiga a los que "con ánimo de lucro y en perjuicio de terceros" reproduzcan o distribuyan obras artísticas o literarias pertenecientes a terceras personas. La juez ha desestimado el cierre cautelar, como solicitaba las productoras de cine situadas en la parte denunciante. El auto añade que Cinetube "ofrece únicamente accesos o links a través de los cuales se puede acceder a distintos servidores en los que se alojan los archivos".

Las productoras de cine que pedían el cierre cautelar tendrán cinco días para presentar un recurso de apelación establecido en los artículos 507 y 766 LECr.

"No existe en los denunciados un ánimo de lucro directo por la difusión de las películas ofrecidas, puesto que los ingresos se obtienen únicamente a través de la publicidad insertada en la página web", asegura la juez en el auto dictado.