La CNC denuncia el monopolio de gestoras como la SGAE

INFORMATIVOS TELECINCO / AGENCIAS 19/01/2010 20:18

El informe concluye que el actual modelo "facilita el establecimiento de tarifas inequitativas y/o discriminatorias por la utilización de los repertorios" y "obstaculiza las actividades de los usuarios". La Ley de Propiedad Intelectual debe atender "de un modo especial las nuevas posibilidades que brinda el progreso tecnológico y la creciente importancia de la gestión de los derechos en el entorno on line", aseguran desde la CNC.

Soluciones

Y entre las recomendaciones que hacen a este respecto, consideran que debería eliminarse "la obligatoriedad de la gestión colectiva a través de entidades de gestión en los casos en los que se impone en la actualidad" -a no ser que la orden llegue de Europa- y "el sistema de autorización administrativa" de estas entidades, proponiendo un "sistema de simple registro". Además, la CNC considera que las entidades de gestión no deberían tener como única forma jurídica la condición de sin ánimo de lucro, sino que "se pueden constituir bajo cualquiera de las formas jurídicas admitidas en el Derecho".

Evitar abusos

La Comisión de la Competencia apunta medidas que permitan "evitar posibles abusos e ineficiencias" ante la situación monopolística y propone medidas concretas en lo respectivo a la Ley de Propiedad Intelectual. Entre ellas, considera que el titular tenga una mayor flexibilidad sobre los términos de contrato, sobre todo para "establecer que el contrato sea en términos no exclusivos".

El informe también recomienda "transparencia sobre los repertorios efectivamente gestionados por las entidades", así como los contratos individuales y para organizaciones, considerando la posibilidad de imponer sanciones en caso de incumplimiento. En cuanto a las tarifas, la CNC recomienda "que tengan en cuenta el uso efectivo, manteniendo como alternativa las tarifas por disponibilidad".

Finalmente, el organismo público propone la reforma o sustitución de la Comisión de Propiedad Intelectual, para introducirle competencias técnicas y facultades decisorias, así como "establecer normativamente los criterios a los cuales la entidades de gestión tengan que ajustarse para determinar las tarifas por el uso del repertorio", concluye el informe. La Ley de Defensa de la Competencia atribuye a la CNC funciones tanto instructoras como resolutorias en todos los procedimientos en materia de defensa de la competencia. La ley también atribuye a la CNC funciones de arbitraje, competencias consultivas y labores de promoción de la competencia en los mercados. A.V.