La Generalitat recurre la orden judicial para devolver los 97 bienes de Sijena

EUROPA PRESS 31/05/2016 17:36

La Generalitat ha presentado dos recursos contra la orden judicial que le obliga a devolver los 97 bienes del tesoro artístico del Monasterio de Sijena el 25 de julio al cenobio aragonés, según ha informado este martes el abogado Jorge Español, que representa al Ayuntamiento de Villanueva de Sijena.

El contenido de ambos recursos es el mismo, aunque en el primero se recurre la fijación de la fecha de devolución y en el segundo, el requerimiento especial que el Juzgado de Instrucción número 1 de Huesca ha hecho al conseller de Cultura, Santi Vila, para que lo cumpla, ha detallado Español en un comunicado.

De esta forma, la Generalitat ha recurrido la fijación por el Juzgado de la fecha de devolución argumentando que queda pendiente de resolverse un incidente de ejecución ante el Tribunal Constitucional (TC), "pero lo cierto es que dicho incidente constitucional no suspende en modo alguno la ejecución judicial", ha señalado.

En el recurso presentado por la Generalitat se detalla que los bienes ya se encuentran desde hace décadas custodiadas por una administración pública, y que no hay ninuna razón que impida que se mantenga esta custodia hasta la resolución definitiva del itigio.

En un comunicado, la Conselleria de Cultura ha destacado que actualmente el TC todavía estudia la petición para suspender cautelarmente la ejecución del fallo.

En el escrito presentado ante el juzgado de Huesca, se afirma que "resulta incomprensible la medida acordada por este juzgado de trasladar las piezas a un inmueble privado no protegido y custodiado por terceras personas ajenas a este litigio, sin esperar el resultado de las resoluciones judiciales".

También ha dicho que "la entrega precipitada de los bienes podría tener efectos perniciosos al hacer inviable el reconocimiento a favor de la Generalitat que en su día pudiera determinar un tribunal superior", y estudiará la posibilidad de plantear un incidendente de nulidad de actuaciones, en función de la resolución de este recurso.

Según el abogado aragonés, "se dice que son bienes públicos afectos a una actividad museística y que no pueden ser embargados, pero el Juzgado número 1 de Huesca ha anulado las ventas de estos objetos a favor de las instituciones culturales catalanas, habiendo recuperado la comunidad de monjas de Sijena la propiedad de los mismos".

Por tanto, en este momento esos bienes son de propiedad privada y no pública, "estando solo en Catalunya en concepto de depósito judicial y sujetos a lo que la autoridad judicial determine para restituir esa propiedad a sus legítimos dueños, como es su deber".

En tercer lugar, ha continuado Español, se alega que de esos 97 bienes hay 44 que están en el Museo de Lleida y que forman parte de una colección indivisible, que no se puede disgregar sin autorización del conseller de Cultura.

PRECEDENTE INTERNACIONAL

No obstante, "hay un importante precedente internacional que es el caso de los herederos del abogado Feldmann contra el Museo Británico", ha apuntado el abogado, al indicar que los herederos del abogado checo doctor Feldmann reclamaron unos valiosos grabados que el Museo Británico había comprado en 1946 porque decían que los nazis los habían expoliado a su padre por ser judío.

El Museo Británico alegaba que la colección del museo no puede ser disgregada sin autorización del Parlamento británico y que esos grabados formaban parte de su colección.

Pero el Tribunal Supremo inglés dictó sentencia sosteniendo que si los herederos del doctor Feldmann lograban demostrar que esos grabados habían sido adquiridos ilegalmente por el Museo Británico, entonces sería como si esas obras "nunca hubiesen formado parte de la colección indivisible del Museo Británico, por lo que el centro debería devolverlos a su legítimo dueño, porque las colecciones se hacen con piezas propias, no con piezas ajenas".

Según Español, "es el mismo caso que el Museo de Lleida, pues una vez se comprueba que esos bienes no son propiedad de dicho museo, y que fueron adquiridos ilegalmente, automáticamente dejan de formar parte de su colección indivisible y deben devolverse a sus legítimos dueños como si nunca hubiesen formado parte de la misma, no teniendo a partir de entonces la colección catalana ningún efecto jurídico sobre el propietario aragonés".

EL AYUNTAMIENTO "ESTÁ TRANQUILÍSIMO"

En cuarto lugar, la Generalitat alega que hay otra comunidad religiosa habitando el Monasterio de Sijena, "pero ello es intrascendente" porque la propiedad del Monasterio sigue siendo de la comunidad de monjas de Sijena.

Además, la comunidad religiosa que lo habita ahora, las Hermanas de Belén, "ya han dicho que estarán gozosas de poder ver restituidos esos bienes al Monasterio donde los cuidarán como es debido".

El abogado ha considerado que en todos los casos "se trata de forzados recursos de bagatela que no tienen la más mínima posibilidad de prosperar", por lo que el Ayuntamiento de Villanueva de Sijena "está tranquilísimo", ha aseverado.