Los portales recuerdan que los compradores de coches entre particulares tienen 6 meses para reclamar

EUROPA PRESS 19/05/2016 12:33

La plataforma ofrece esta información en una nota acerca de las garantías para el comprador en este tipo de transacciones. En la compraventa entre profesionales, señala, se aplica la Ley de Consumidores y Usuarios, en el caso de los particulares el marco de la garantía lo marca el Código Civil en sus artículos 1461 y 1484.

Los tres portales de Internet indican que los consumidores deben tener total tranquilidad respecto a este tema ya que, en cualquier caso, el coche estará amparado por una garantía con la que el comprador estará protegido ante posibles defectos, averías o vicios ocultos anteriores a la compra.

Según la legislación vigente, existen dos tipos de garantías en función de si el coche se adquiere a un particular o a un profesional. En el primer caso, cuando la compra se realiza a un particular, es el propio Código Civil en sus artículos 1461 y 1484 el encargado de establecer el marco de la garantía.

El artículo 1484 regula los vicios o defectos ocultos, defecto interno y grave, en la compraventa de cualquier objeto entre particulares. Además, del artículo 1461 se extrae que "el vendedor está obligado a la entrega y saneamiento de la cosa objeto de la venta".

"Esto significa que el automóvil no debe presentar defectos ocultos y que debe estar libre de cargas o gravámenes, lo que proporciona una gran seguridad al conductor que lo adquiere", señalan.

De esta forma, en caso de que el comprador detecte algún defecto oculto durante los seis meses posteriores a la entrega del coche, el vendedor estará obligado a responder por ello.