Cómo ahorrarse unos euros con la declaración de la Renta

CRISTINA GONZÁLEZ SÁNCHEZ 01/05/2009 00:00

Compra de una vivienda. Si ha adquirido o desea adquirir una casa a lo largo de este año, la cantidad estipulada para desgravar dependerá de la forma elegida para pagarla.

Reforma o conservación de la vivienda habitual. Desgravan sólo las obras realizadas en la residencia habitual que puedan justificarse: "aquellas que tienen como objetivo mantener el uso normal de la vivienda, así como la sustitución de bienes como la calefacción o el ascensor". La cantidad a desgravar es el 15% de la invertida hasta un límite de 9.015 euros, aunque hay algunas condiciones específicas.

Alquiler. Es una de las novedades de la nueva ley, con la intención de promover el alquiler. El alquiler de una vivienda a menores de 35 años supone la posibilidad de descontar el 100% de la base imponible, mientras que si el inquilino supera esa edad el titular paga la mitad de lo que corresponde por los ingresos del alquiler.

Créditos hipotecarios. Las mayores deducciones se prevén cuando el préstamo represente al menos el 50% de la vivienda y se garantice que en los tres primeros años no se amortizan cantidades que superan el 40% del capital.

Cuentas ahorro-vivienda. Aunque se puede deducir el 15% de lo depositado cada año, la ley obliga a invertir las cantidades aportadas en la compra de una casa en un periodo no superior a 6 años para quienes les venza en 2008 (anteriormente eran cuatro años pero la prórroga de dos años es una de las novedades de esta campaña), según la comunidad autónoma en que se contrate. Una vez cumplido el plazo, si no se compra vivienda se pagarán las deducciones fiscales y los intereses de demora.

Planes de pensiones. El máximo que se puede aportar en la declaración de la renta es 8.000 euros, más otros 1.200 por cada año que tenga el contribuyente por encima de los 52 años. Para quienes tengan 65 o más años, el máximo a aportar con derecho a deducción es 24.250 euros.

La solidaridad desgrava. Colaborar económicamente con una ONG, por ejemplo, si usted apadrina un niño, tiene ventajas fiscales: la organización envía un justificante de la aportación del padrino para que éste pueda deducirse el 20% en su Declaración de la Renta.

Además, hay otros trucos negociables con la empresa para que el balance de la Renta te sea favorable. Estas triquiñuelas son posibles gracias a una serie de primas basadas en conceptos tributarios no imputables a la hora de realizar la declaración de la renta. Eso sí, lo debes negociar con tu departamento de Recursos Humanos. Estos son los cauces para que te suban el sueldo sin que Hacienda te penalice:

  • Recibir acciones de la empresa como pago. El límite que no tributa a Hacienda son 12.000 euros al año.
  • Tickets de comida. El máximo son 7,81 euros al día para no declarar
  • Contratación de seguros de responsabilidad civil o de accidentes laborales para el empleado.
  • Contratación de algún seguro de enfermedad. El límite son 500 euros por persona.
  • Dinero extra para pagar la factura de la guardería de los hijos.
  • Cursos de formación que tengan relación con el puesto desempeñado
  • Otro de los trucos si se va a recibir una paga extra es pedir que sea abonada en dos años o más