El Supremo archiva las diligencias abiertas sobre las conversaciones entre Casas y una abogada

INFORMATIVOSTELECINCO.COM/ AGENCIAS 05/06/2008 17:48

La conversación se produjo el 17 de abril de 2004. La presidenta del Constitucional se puso en contacto con la abogada Martín a petición de una conocida de ambas que le aseguró que Dolores Martín sufría malos tratos. Dolores también aseguraba que su hija sufría abusos sexuales.

En la escucha telefónica, destapada por el diario Abc el pasado sábado, Dolores Martín reconocía que su ex marido había muerto "en circunstancias un tanto extrañas". Casas por su parte explica que no puede ayudarla, pero que "que si alguna vez va en amparo (al Constitucional), pues me vuelve a llamar" y le recomienda dos abogados. El Supremo entiende que la participación de Casas en la conversación no implica ninguna responsabilidad penal.

La jueza de Instrucción que lleva el caso por el delito de asesinato del ex marido de Dolores Martín, por el que ésta misma esta imputada, elevavó las escuchas al Tribunal Supremo por si la conversación pudiera constituir un delito de actos prohibidos, ante un "posible asesoramiento a Dña. María Dolores Martín Pozo, sobre la forma de interponer recurso de amparo" ante el Constitucional, tribunal presidido por Casas.

El Tribunal Supremo expone que "la formulación de un comentario acerca de las incidencias procesales de un determinado asunto, incluso, la indicación del recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional como posible vía" no puede considerarse un delito. Del mismo modo, la Fiscalía ya consideraba que el intercambio de opiniones de Casas 'a priori' no se podía considerar asesoramiento.

"La Sala estima que el comentario que fue objeto de grabación no colma la acción típica. No existe una actividad de asesoramiento, aun ocasional" en la conversación. Además, el auto del Supremo añade que "no todo consejo emanado por una autoridad puede reputarse delictivo".