La Audiencia Nacional avala que los abogados de los presos sean investigados en dos procedimientos distintos

EUROPA PRESS 29/04/2014 15:35

La Audiencia Nacional ha avalado en un auto que los abogados de los presos de ETA Arantza Zulueta y Jon Enparantza sean investigados en dos procedimientos distintos porque habrían dirigido el denominado frente de 'makos' (cárceles) en 2010, interrumpieron su actividad con su ingreso en prisión y la retomaron dos años después, en 2012, una vez que fueron puestos en libertad.

En un auto la Sección Segunda de la Sala de lo Penal rechaza un recurso presentado por las defensas de Zulueta y Enparantza y la también abogada Naia Zurrarain y avala que los letrados sean investigados tanto por el juez Eloy Velasco, que les imputó como interlocutores del Colectivo de Presos Políticos Vascos (EPPK) a partir de la causa que sigue contra Herrira, como por el juez Javier Gómez Bermúdez, que les acusa en el procedimiento que instruye contra la estructura etarra Halboka.

Los magistrados Concepción Espejel (presidenta), Julio de Diego y José Ricardo de Prada rechazan que los hechos objeto de las dos investigaciones sean "los mismos" o puedan originar "delitos conexos", al tratarse de "dos periodos de tiempo diferentes entre los cuales se habría producido el ingreso en prisión" de Zulueta y Enparantza.

El tribunal también destaca que entre la documentación incautada en la operación contra Herrira que el juez Velasco dirigió en octubre de 2013 se encontró documentación acreditativa de que las estructuras investigadas por Gómez Bermúdez "se encontraban ya desaparecidas al inicio" de ese nuevo procedimiento.

ETA EN UNA SOLA CAUSA

En este sentido, señalan que el 'frente de makos' es una estructura que "se ha ido integrando a lo largo del tiempo en diferentes estructuras y con diferentes personas". "Sería como sostener que todos los hechos relacionados con la estructura militar de ETA debieran seguirse en el mismo procedimiento", apuntan.

La decisión cuenta con el voto particular del magistrado José Ricardo de Prada, que asegura que no es el momento procesal adecuado para valorar si se produjo una ruptura en la comisión del delito de integración por parte de los acusados. En su opinión, esta "discontinuidad" debería valorarse "en un momento procesal ulterior".

Velasco dictó el pasado 13 de enero el ingreso en prisión de Zulueta, Enparantza y seis abogados más por actuar como interlocutores del EPPK en un auto en el que señalaba que el 'frente de makos' era "un brazo más de la ETA misma". Zurriarain, que fue utilizada como correo de la banda por encontrarse embarazada y poder sortear los arcos de seguridad, fue imputada y quedó tres días más tarde en libertad sin medidas cautelares.

Gómez Bermúdez, por su parte, imputa desde 2010 a Zulueta y Enparantza, Zurriarain y otras seis personas, incluida el jefe etarra David Pla, un delito de integración en organización terrorista por servir de enlace entre la dirección de ETA y los presos de la banda. En noviembre de 2013 el juez pidió al Centro Nacional de Inteligencia (CNI) que desclasificara el expediente de intervención de las comunicaciones telefónicas llevadas a cabo por los servicios secretos a los abogados y los enlaces de la banda.

Tanto Zulueta como Enparantza quedaron en libertad provisional en diciembre de ese año. La abogada de la banda volvió a ser arrestada en julio de 2011 y abandonó la cárcel de nuevo en septiembre tras abonar una fianza de 60.000 euros.