El CGPJ aprueba el sistema por el que por primera vez elegirá a los jueces togados

EUROPA PRESS 31/03/2016 14:41

El texto, del que han sido ponentes los vocales Clara Martínez de Careaga y Wenceslao Olea, supone un paso más en la integración de esta jurisdicción en el Poder Judicial del Estado, consecuencia directa del principio de unidad jurisdiccional proclamado en el artículo 117.5 de la Constitución,que reconoce la especialidad de la jurisdicción militar en el ámbito estrictamente castrense y, en su caso, en las materias que establezca la declaración del estado de sitio.

La modificación del Reglamento 1/2010 era obligada tras la reciente reforma de la Ley Orgánica de Competencia y de Organización de la Jurisdicción Militar, que atribuyó al CGPJ la competencia para realizar los nombramientos discrecionales de Tribunales y Juzgados militares.

De este modo, a la competencia que el órgano de gobierno de los jueces ya ostentaba para proponer el nombramiento de los magistrados de la Sala Quinta del Tribunal Supremo procedentes del Cuerpo Jurídico Militar se une la competencia para proponer el nombramiento del Auditor Presidente y de los Vocales Togados del Tribunal Militar Central y de los Tribunales Militares Territoriales y para nombrar a los Jueces Togados Militares.

DEMOSTRACIÓN DE MÉRITOS

El reglamento aprobado establece que los aspirantes a los puestos de Auditor Presidente y de Vocales Togados del Tribunal Militar Central deberán remitir una relación de los méritos que acrediten la competencia y aptitud necesarias para el ejercicio de la función jurisdiccional específica en la plaza anunciada.

Los candidatos que reúnan los requisitos exigidos en la convocatoria serán llamados a exponer esos méritos en una comparecencia ante la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, que después elevará al Pleno de este órgano una propuesta motivada.

La Comisión Permanente también podrá solicitar a la Sala de Gobierno del Tribunal Militar Central y al Ministerio de Defensa la documentación que considere necesaria.

Para la provisión de plazas en los Tribunales Militares Territoriales, el CGPJ recibirá con carácter previo un informe motivado de la Sala de Gobierno del Tribunal Militar Central. Si el puesto anunciado es el de Auditor Presidente, también se requerirá a los aspirantes una relación de méritos que luego expondrán en una comparecencia ante la Comisión Permanente. Este trámite no se contempla para los Vocales Togados de los Tribunales Militares Territoriales, ya que no ejercen funciones gubernativas.

Por último, el nombramiento de los Jueces Togados Militares -tanto Centrales como Territoriales- se efectuará mediante Orden por el Consejo General del Poder Judicial previo informe motivado de la Sala de Gobierno del Tribunal Militar Central.

El texto aprobado establece que el CGPJ "velará por que el procedimiento para la provisión de las vacantes de los Tribunales Militares y de los Juzgados Togados Militares se desarrolle conforme a las disposiciones legal y reglamentariamente establecidas, y a tal efecto llevará a cabo cuantas actuaciones fueren precisas para el estricto cumplimiento de las normas y el respeto de los principios de publicidad, de igualdad, de mérito y capacidad y, en general, de todos aquellos que rigen la provisión de los destinos en los órganos judiciales".