Las elecciones del 1 de marzo ponen en juego tres escaños del Senado

EFE 21/02/2009 09:54

Son los tres senadores designados por el Parlamento de Vitoria en 2005, tras las últimas elecciones autonómicas, puesto que los tres nombrados por la Cámara gallega -Manuel Fraga (PP), Francisco Xavier Carro Garrote (PSOE) y José Manuel Pérez Bouza (BNG)- no serán renovados hasta después de las próximas elecciones generales.

Así lo establece el Estatuto de Galicia en su artículo 18, en el que afirma que, entre las funciones del Parlamento gallego está la de designar "para cada legislatura de las Cortes Generales" a los senadores representantes de la comunidad autónoma.

El Estatuto gallego añade que esta designación se hará conforme a lo previsto en el artículo 69.5 de la Constitución, y de forma proporcional a la representación de las distintas fuerzas políticas existentes en el Parlamento de Galicia.

Las comunidades autónomas designan un senador y otro más por cada millón de habitantes de su respectivo territorio, según establece la Constitución.

La designación de estos senadores se configura como una elección en segundo grado, en la que el único requisito que la Constitución exige es el de asegurar la adecuada representación proporcional.

El referente que sirve de base para determinar el número concreto de senadores que corresponde a cada Comunidad Autónoma es el censo de población de derecho vigente en el momento de celebrarse las últimas elecciones al Senado. En la actualidad, el número total de Senadores designados por las comunidades autónomas se eleva a 56.

Entre ellos, figuran Joseba Zubía, Paulino Ramón Corcuera y Víctor Manuel Urrutia, nombrados por el Parlamento vasco en noviembre de 2005 y tras las últimas elecciones autonómicas.

La ley sobre designación de senadores representantes de Euskadi, aprobada en 1981 por el Parlamento Vasco, establece el procedimiento para la elección de los tres senadores que representarán al País Vasco en las Cortes Generales.

Según esta ley, y una vez celebradas las elecciones vascas y constituida la nueva Mesa del Parlamento Vasco, su presidente abrirá un plazo de veinte días naturales para que los grupos propongan sus candidatos a senadores.

Transcurrido este plazo, la Mesa trasladará las listas de candidatos a la Comisión de Incompatibilidades de la Cámara que determinará si pueden ser elegidos.

Posteriormente, un pleno del Parlamento vasco convocado al efecto procederá a la elección, por mayoría simple, de los senadores propuestos por cada grupo, que deberán alcanzar al menos la cuarta parte de los votos de los miembros de derecho de la Cámara.