Hacienda afirma que el TC "salvaguarda" los aspectos esenciales de la reforma local pese a anular algunos preceptos

EUROPA PRESS 08/03/2016 19:24

El Pleno del Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucionales algunos preceptos de la norma al entender que invaden competencias de las comunidades autónomas. Sin embargo, fuentes del Ministerio de Hacienda recalcan que el TC ha avalado "la constitucionalidad de la regulación de las fusiones de municipios".

La sentencia de este martes ve inconstitucional la disposición que prevé la supresión de entidades locales menores cuando no presten sus cuentas a la comunidad autónoma o el Estado. En este sentido, fuentes de Hacienda enfatizan que los propios jueces sostienen que debe ser la comunidad autónoma la que acuerde la disolución: "La constitucionalidad de esta parte de la reforma queda salvaguardada; pero corresponde a la Comunidad Autónoma decidir la forma en que ejercitarán la competencia", precisan las fuentes.

Por otro lado, sobre la atribución de servicios de asistencia social y atención primaria a la salud a los entes locales --precepto anulado porque, según el Tribunal Constitucional, estos servicios públicos son competencia de las comunidades autónomas--, insisten en que estas disposiciones no han sido puestas en marcha todavía porque su aplicación "se había diferido a las aprobación de un nuevo sistema de financiación".

Estas mismas fuentes destacan además que otro de los aspectos anulados, el sistema de compensación financiera "triangular", "deberían haberse regulado mediante ley orgánica". Asimismo, defiende que se trata de una "cláusula de garantía" para las entidades locales "frente a los incumplimientos de las obligaciones de las comunidades con ellas".

"La sentencia declara la inconstitucionalidad y nulidad porque incide de forma directa en una materia, las relaciones financieras del Estado con las Comunidades Autónomas, cuya regulación no se ha llevado a cabo mediante ley orgánica", concluyen.