El Tribunal de Estrasburgo confirma la sentencia que anula la doctrina Parot

Informativos Telecinco / Agencias 21/10/2013 11:45

La Gran Sala del TEDH ha confirmado en su sentencia firme, dada a conocer en lectura pública por su presidente, el luxemburgués Dean Spielmann, que España ha violado los artículos 7 y 5.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos que respectivamente establecen que "no hay pena sin ley" que la avale y "el derecho a la libertad y la seguridad" en el caso de la etarra y le he instado a liberarla "a la mayor brevedad" y le obliga a indemnizarla con 30.000 euros por daños morales en un plazo de tres meses, tal y como dictó su Tercera Sección en su sentencia del 10 de julio de 2012. También obliga a España a pagarle 1.500 euros en concepto de costas judiciales.

La Gran Sala del tribunal europeo ha fallado por 15 votos contra dos que "ha habido violación del artículo 7" de la Convención Europea de Derechos Humanos y por "unanimidad" ha confirmado que desde el 3 de julio de 2008 la demandante ha sido objeto de una detención "no regular" en violación del artículo 5.1, según la lectura de la sentencia final, en audiencia pública.

La Gran Sala, por 16 votos contra uno, incumbe al Estado español "garantizar" la liberación de la etarra "a la mayor brevedad" y por, diez votos contra siete, determina que el Estado debe abogar una indemnización de 30.000 euros en un plazo de tres meses a Inés del Río en concepto de "daños morales".

Asimismo, por "unanimidad" la Gran Sala determina que el Estado español debe abonar a la demandante en un plazo de tres meses la suma de 1.500 euros en concepto de costas judiciales.

La Gran Sala rechaza así la demanda del Gobierno español contra la sentencia de su sala menor de la Tercera Sección dictada en julio de 2012.

La decisión adoptada por este tribunal internacional puede significar la derogación de la doctrina Parot, introducida en 2006 por el Tribunal Supremo y que establece que las redenciones de pena deben aplicarse sobre el total de las condenas impuestas y no sobre el límite máximo de cumplimiento de 30 años. De este modo se evitó que numerosos etarras o delincuentes graves quedasen en libertad mucho antes de agotar su condena.

En concreto, según los datos que maneja el Ministerio del Interior, son 53 etarras los que se encuentran en la misma situación que Inés del Río y cuya estancia en prisión se debe únicamente a la aplicación de la 'Doctrina Parot'. Además la izquierda abertzale maneja los nombres de al menos una veintena de terroristas más a los que se les aplicaría la misma norma jurídica en los próximos años.

UNO O DOS AÑOS POR CADA MUERTE

De los 53 etarras que podrían salir libres si derogan la 'Doctrina Parot', nueve han cumplido sólo uno o dos años de cárcel por cada asesinato y hay 44 con delitos de sangre que suman un total de 239 asesinatos, según los datos recogidos por Europa Press.

En este grupo destacan Domingo Troitiño con 22 asesinatos en su 'curriculum' criminal entre atentados con resultado de muerte y asesinatos directos. Por estos crímenes ha cumplido 26 años de cárcel, apenas un año y un mes por cada asesinato. Por su parte, el etarra Juan Carlos Arruti Azpitarte cuenta con 24 asesinatos por los que lleva 24 años en prisión. En su caso la media sale a un año exacto por cada vida. También hay miembros de los GRAPO, de los GAL o violadores y otros delincuentes graves.

Fue el pasado mes de marzo cuando la Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en Estrasburgo acogió la vista sobre el 'caso Inés del Río'. España estuvo representada por la Abogacía del Estado Isaac Salama, quien se preguntó ante los 17 jueces del tribunal si "¿es igual un asesinato que 132?".