Rato y Blesa recurrirán la fianza por responsabilidad civil impuesta por Andreu

Informativos Telecinco/Agencias 17/10/2014 21:29

Las defensas de los dos altos directivos de la banca se opondrán a la decisión del magistrado, que les ha dado tres días de plazo para depositar 16 millones de euros, en el caso de Blesa, y tres millones en el caso de Rato, en la pieza separada que investiga el uso por parte de 86 consejeros y directivos de las entidades de 'tarjetas B' opacas al fisco.

Los abogados de los imputados por un delito de administración desleal cuentan con un plazo de cinco días para presentar sus escritos, que remitirán previsiblemente de forma directa a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.

No paraliza el plazo

La presentación de los recursos no paraliza el plazo ofrecido por el juez instructor para el depósito de las fianzas. En sendos autos hechos públicos este viernes, Andreu les advierte que decretará el embargo de sus bienes hasta cubrir dicha suma.

Los 86 consejeros y directivos gastaron con sus tarjetas opacas durante el mandato de Miguel Blesa (de 1996 a enero 2010) un total de 12,5 millones, mientras que durante la presidencia de Rato en la caja madrileña (entre enero de 2010 y diciembre de 2011) cargaron un total de 2,6 millones de euros.

Las fianzas, que han sido impuestas a petición de la Fiscalía Anticorrupción y con la adhesión del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB), principal accionista de Bankia, incluyen tanto la responsabilidad civil que Blesa y Rato tendrían que afrontar en el caso de ser condenados por el uso de las 'tarjetas B' como la multa del 25 por ciento que establece la ley.

El juez ordena investigar el patrimonio de Blesa y Rato

Ante la posibilidad de que no depositen las fianzas millonarias antes del miércoles, rl juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu llevará a cabo una averiguación patrimonial sobre los bienes de los ex presidentes de Bankia y Caja Madrid Rodrigo Rato y Miguel Blesa, en la que requerirá información al Registro de Bienes Muebles, al Registro Mercantil, al Registro de la Propiedad, a la Seguridad Social y a la Agencia Tributaria para proceder a su embargo comenzando por aquellos con mayor liquidez, como cuentas o acciones.

El procedimiento habitual a seguir por los juzgados en caso de embargo es proceder a una averiguación patrimonial, solicitando a los organismos citados la localización de sus bienes para elaborar un listado que incluya conceptos como salarios, pisos, vehículos o acciones. Tras ello, se librará un oficio decretando su embargo de mayor a menor liquidez.

En el caso de los pisos, se pedirá una nota simple al Registro para comprobar si tiene cargas y un perito tasará la vivienda. Si los afectados aportan sus propios peritajes, estos se contrastarán con los ordenados por el juez.

Esta materia aparece regulada en el artículo 42 de la Ley Hipotecaria o los artículos 141 y 142 del Reglamento Hipotecario relativos a las anotaciones preventivas de derechos en los registros y los embargos de bienes inmuebles.