El TSJC anula la tasa del Ayuntamiento de Barcelona para pisos vacíos de grandes tenedores

EUROPA PRESS 11/07/2017 14:21

En la sentencia, consultada por Europa Press y que es consecuencia de un recurso interpuesto por la Asociación Española de Banca, el juez argumenta que esta tasa municipal no se ha estimado "conforme al principio constitucional de reserva de ley tributaria en relación con el principio de competencia local".

Todo ello "dadas las ausencias de habilitación legal suficiente conforme de las normas tributarias estatales reguladores de las haciendas locales y la atribución de las competencias exclusivas en materia de vivienda de la administración de la Generalitat" en el Estatut de 2006 y en la Ley autonómica 18/2007 de derecho a la vivienda.

"Todo ello sin perjuicio de las posibles medidas fiscales o incentivadoras de la ocupación de viviendas vacías o penalizadoras de la desocupación permanente e injustificada por más de dos años, siempre conforme a las competencias legalmente establecidas con el impuesto sobre viviendas vacías", aprobado por el Parlament y de "plena vigencia".

Contra esta sentencia anulatoria de la tasa, que a fecha de 20 de junio se ha impuesto solo en una decena de casos, cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.