La justicia europea podría examinar de nuevo el recurso de Telefónica contra la multa de 151 millones

EUROPA PRESS 26/09/2013 11:01

El abogado general del Tribunal de Justicia de la UE (TUE), Melchior Wathelet, ha pedido este jueves que se devuelva al Tribunal General -primera instancia judicial-, para que sea juzgado de nuevo, el asunto sobre la multa récord de 151 millones de euros que Bruselas impuso a Telefónica en 2007 por abuso de posición dominante en el mercado español de banda ancha.

El dictamen considera que el Tribunal General no llevó a cabo el examen en profundidad del cálculo de la multa al que está obligado. Las opiniones del abogado general no son vinculantes, pero los jueces las siguen en el 80% de los casos. La sentencia final se dictará en los próximos meses.

La sentencia inicial, publicada en marzo de 2012, rechazó los recursos interpuestos tanto por Telefónica como por el Gobierno español y respaldó la decisión de la Comisión de sancionar a la compañía. Bruselas justificó la multa alegando que, entre 2001 y 2006, Telefónica cobró a sus rivales precios excesivos por el alquiler de su infraestructura de red, dejándoles un margen de beneficios insuficiente para competir.

La compañía española presentó un recurso de amparo contra este fallo ante el Tribunal de Justicia.

Telefónica había sostenido en primera instancia que la Comisión había violado los principios de individualización de las penas, de proporcionalidad y de igualdad de trato, e incumplido su obligación de motivación, al fijar el importe de base de la multa en 90 millones de euros.

Ese importe representaba el segundo más alto que se había fijado nunca en materia de abuso de posición dominante, tras el del asunto Microsoft. Además, era nueve y diez veces superior, respectivamente, a los importes de base de las multas impuestas en 2003 a Deutsche Telekom y a Wanadoo Interactive por unas prácticas casi idénticas de abuso de posición dominante en el mismo sector.

A juicio de Telefónica, esta desproporción manifiesta entre el importe de base fijado para ella y los de Wanadoo Interactive y Deutsche Telekom se veía agravada incluso por el hecho de que, en el caso de Telefónica, el importe de base se había incrementado en un 25 % para aumentar el efecto disuasorio, incremento que no se había aplicado a Wanadoo Interactive ni a Deutsche Telekom a pesar del tamaño de estas empresas.

En su fallo de este jueves, el abogado general denuncia que los apartados de la sentencia del Tribunal General relativos a estas cuestiones no contienen prácticamente ningún análisis propiamente dicho por parte del Tribunal General.

Por lo tanto, considera que, "en lo que respecta a los principios de no discriminación, de proporcionalidad y de individualización de las penas y a la obligación de motivación del importe de la multa por parte de la Comisión, el Tribunal General no procedió a la revisión de plena jurisdicción a la que está obligado".

Por ello, el abogado general pide que se devuelva el asunto al Tribunal General para que se pronuncie de nuevo sobre la multa impuesta por la Comisión. A este respecto, precisa que no sostiene que se haya producido una violación de los mencionados principios, sino que el Tribunal General no verificó correctamente, en ejercicio de su competencia jurisdiccional plena, si la decisión de la Comisión sobre la multa respetaba o no tales principios.