El Gobierno analizará la sentencia del TS sobre el Algarrobico y defiende que con la Ley de Costas no habría ocurrido

EUROPA PRESS 18/02/2016 17:58

Así, según han informado fuentes del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (MAGRAMA) a Europa Press, el MAGRAMA acaba de conocer la sentencia del alto tribunal y subraya que con la reforma de la Ley de Costas aprobada por el Ejecutivo se evitan "precisamente que situaciones de inseguridad y confusión como la de El Algarrobico puedan repetirse en el futuro".

En todo caso, añade que el Gobierno ahora analizará la sentencia del Tribunal Supremo que declara que el hotel el Algarrobico se edificó sobre terrenos no urbanizables para determinar las consecuencias del fallo y actuar con diligencia dentro del respeto al marco competencial que regula una situación compleja como esta.

En este sentido, defiende la conocida como "cláusula 'antialgarrobico'", que permite que la Administración del Estado, "tan pronto como tenga noticia" de que una licencia municipal infringe la Ley de Costas, pueda suspenderla en vía administrativa. El objetivo, según recuerda el Ministerio, es evitar avanzar en un costoso proceso constructivo que finalmente resulte inviable.

En este contexto, desde el Ministerio subrayan que la citada cláusula introduce un mecanismo de control que evitará "uno de los problemas más graves" que presentaba la legislación anterior, como es la "urbanización descontrolada y consecuente degradación" del litoral.

Asimismo, aclara que, aunque aún ha de estudiar "con detenimiento" el contenido de la sentencia, esta "última" resolución judicial se refiere a competencias municipales y autonómicas (clasificación del suelo desde el punto de vista urbanístico y titularidad del mismo tras el derecho de retracto ejercido por la Junta de Andalucía).

Finalmente, desde el punto de vista del Estado, recuerda que el deslinde del dominio público marítimo terrestre del tramo de costa donde se sitúa el hotel, se aprobó en una Orden Ministerial de 8 de noviembre de 2005 y que éste fue declarado conforme a derecho de manera definitiva por las Sentencias del Tribunal Supremo de 21 de marzo y 18 de julio de 2012. "No hay pendiente ningún pronunciamiento en relación con esta cuestión", concluye.