Los "papagorda" de la Feria de Abril, una tendencia viral que puede tener consecuencias legales

Real de la Feria de Abril durante la edición de 2024
Real de la Feria de Abril durante la edición de 2024. @Feria_deAbril
  • En los últimos años se ha viralizado la tendencia de publicar videos en las distintas redes sociales en los que se ve a ciudadanos anónimos bajo los efectos del alcohol

  • Con un total de 2.379 posts y 74 millones de visualizaciones el hashtag #papagorda24, ocupó el decimosexto puesto con más tráfico generado en España

  • El Consejo Audiovisual de Andalucía elaboró el años pasado un informe en el que advertían de las consecuencias de esta práctica, entre ellas, multas de hasta 10.000 euros

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SevillaLa Feria de Abril de Sevilla es sinónimo de alegría y diversión. De baile, desenfreno, reencuentros y exaltación de todo lo bueno que rodee a los habitantes del Real. Son días de consumo y a veces también de excesos.

El año pasado las principales bodegas de manzanillas cifraron sus ventas en más de 600.000 botellas, y aunque se recomienda un consumo responsable, no siempre se cumple.

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En los últimos años a las tradiciones ligadas a esta popular fiesta, se le sumó una nueva: ir a la caza de todo aquel que se haya pasado con las copas, grabarlo en vídeo y subirlo a redes sociales. Nació entonces (en el año 2019) el hashtag "papagorda".

Un fenómeno viral

El hashtag #papagorda se comienza a utilizar en Twitter (actual X) durante la Feria de Sevilla de 2019. Bajo esta etiqueta los usuarios difunden imágenes y vídeos de personas en evidente estado de embriaguez con la intención de mofarse de ellas.

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Estos hashtags incluyen la fecha de la edición correspondiente, como #papagorda22 y #papagorda23, y se han vuelto virales, con cifras de visualizaciones disparadas. Solo en la edición del año pasado se publicaron un total de 2.379 posts que tuvieron 74 millones de visualizaciones (#papagorda24), ocupando el decimosexto puesto de la etiqueta con más tráfico generado en España.

Y eso que el año pasado el Consejo Audiovisual de Andalucía ya había tomado cartas en el asunto, advirtiendo que el uso de las redes sociales para la distribución de vídeos cortos de personas anónimas grabadas en estado de embriaguez o similares sin su consentimiento, con ocasión de distintas celebraciones, puede constituir una intromisión ilegítima en sus derechos al honor, a la intimidad y a la propia imagen con las consecuencias legales que puede conllevar.

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Un informe para estudiar el impacto de los "papagorda"

El CAA, en su labor de desarrollar campañas de educación y difusión sobre el uso seguro y responsable de Internet y las tecnologías de la información y la comunicación, elaboró entonces un informe sobre los hashtags utilizados para difundir por redes sociales este tipo de vídeos.

En este análisis utilizó diversas herramientas para medir el alcance del hashtag en redes sociales. Realizaron búsquedas en Google y en los motores de búsqueda internos de TikTok, X, Instagram, Facebook y YouTube, utilizando términos relacionados con borracheras y ferias.

La conclusión fue que TikTok había sido una de las plataformas más utilizadas para la difusión de contenidos con el hashtag #papagorda24 durante la Feria de Sevilla 2024. Según los datos obtenidos, había 2.379 publicaciones con este hashtag, generando 67 millones de visualizaciones en España y 74 millones en total.

Sin embargo, también pudieron observar una creciente desaprobación de estos contenidos por parte de muchos usuarios.

Multas de hasta 10.000 euros

En el estudio comprobaron que las personas que aparecen en los vídeos no saben que están siendo grabadas porque no interaccionan en ningún momento con el sujeto que recoge las imágenes ni miran al móvil y, en ocasiones, el plano en el que aparecen es muy lejano.

Ya existe el precedente de una sanción de 10.000 euros, impuesta en 2022 por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), por la difusión masiva en redes sociales de un vídeo grabado sin consentimiento donde aparece una persona que estaba en la vía pública en estado de embriaguez. La grabación se realiza desde un móvil por un desconocido que iba en su coche y en la misma se puede identificar a la persona que aparece en el vídeo, que estaba apoyada en una papelera para mantener el equilibrio mientras su perro estaba en la carretera.

El derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen son derechos reconocidos y amparados por el artículo 18.1 de la Constitución Española y desarrollados mediante la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, sobre protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, que determina cuándo el uso de la imagen tienen la consideración de intromisión ilegítima.

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