La UE adopta la reforma de la Ley de Inteligencia Artificial: prohíbe los 'deepfakes' sexuales y retrasa parte de las obligaciones
La UE prohíbe los 'deepfakes' sexuales generados sin consentimiento y retrasa parte de las obligaciones de la Ley de Inteligencia Artificial
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La Unión Europea ha culminado este lunes los trámites para adoptar formalmente la reforma de la Ley de Inteligencia Artificial (IA), una modificación que introduce nuevas prohibiciones para combatir los contenidos sexuales generados sin consentimiento y el material de abuso sexual infantil creado mediante inteligencia artificial. Al mismo tiempo, la reforma retrasa la aplicación de algunas de las obligaciones previstas para los sistemas de IA de alto riesgo.
El acuerdo, alcanzado entre el Consejo de la UE y el Parlamento Europeo a principios de mayo, forma parte del paquete de simplificación normativa Omnibus VII, con el que Bruselas busca reducir la carga administrativa para las empresas sin renunciar a la protección de los derechos fundamentales.
Prohibidos los 'deepfakes' sexuales sin consentimiento
Una de las principales novedades de la reforma es la prohibición expresa de los sistemas de inteligencia artificial destinados exclusivamente a generar imágenes sexuales o íntimas sin el consentimiento de las personas afectadas.
La nueva normativa también veta el material de abuso sexual infantil creado mediante IA y obliga a las empresas que desarrollan modelos de inteligencia artificial de propósito general a implantar "medidas de seguridad razonables" para impedir la generación y difusión de este tipo de contenidos.
La reforma responde, en parte, a la creciente preocupación por la proliferación de 'deepfakes' sexuales, un fenómeno que cobró especial relevancia tras la difusión masiva de imágenes manipuladas mediante inteligencia artificial en distintas redes sociales y plataformas digitales. Las instituciones europeas han acordado además aplazar hasta el 2 de diciembre de este año la entrada en vigor de las obligaciones de transparencia para los contenidos creados con inteligencia artificial.
A partir de esa fecha, imágenes, vídeos y audios generados mediante IA deberán incorporar mecanismos que permitan a los usuarios identificar claramente que se trata de contenido artificial.
El objetivo es aumentar la transparencia y reducir el riesgo de desinformación y manipulación derivado del uso de estas herramientas.
Retraso para los sistemas de alto riesgo
La reforma también modifica el calendario de aplicación de la normativa para los sistemas de inteligencia artificial considerados de alto riesgo, aquellos utilizados en ámbitos especialmente sensibles.
Las obligaciones para estos sistemas, empleados en sectores como sanidad, educación, banca, contratación de personal, control fronterizo o gestión de infraestructuras críticas, se retrasan hasta el 2 de diciembre de 2027.
En el caso de los sistemas integrados en productos como dispositivos médicos, maquinaria industrial o equipos técnicos, las nuevas exigencias comenzarán a aplicarse el 2 de agosto de 2028.
Las instituciones europeas justifican este aplazamiento al considerar que todavía no existen todos los estándares técnicos y herramientas necesarias para aplicar plenamente la legislación, por lo que han optado por ampliar los plazos hasta 16 meses respecto al calendario inicialmente previsto.
Menos cargas administrativas para las empresas
La reforma forma parte del paquete legislativo Omnibus VII, diseñado para simplificar la regulación digital europea y facilitar el cumplimiento de la normativa, especialmente entre pequeñas y medianas empresas.
Entre las novedades figura la ampliación de algunas exenciones regulatorias a empresas de mediana capitalización reducida, así como el retraso hasta agosto de 2027 del plazo para que los Estados miembros creen entornos nacionales de pruebas regulatorias ('sandboxes') destinados al desarrollo y ensayo de sistemas de inteligencia artificial.
Asimismo, Bruselas introduce cambios para evitar que determinados productos industriales tengan que cumplir requisitos duplicados cuando ya estén sujetos a otra legislación europea específica.
Esta simplificación afectará, entre otros, a dispositivos médicos, juguetes, ascensores, maquinaria industrial y embarcaciones, que podrán quedar exentos de determinadas obligaciones cuando ya existan normas sectoriales equivalentes.
Supervisión y protección de datos
La reforma mantiene la obligación de que las empresas registren determinados sistemas de IA en la base de datos europea, incluso cuando consideren que dichos sistemas están exentos de la categoría de alto riesgo.
Además, recupera el criterio de "estricta necesidad" para el tratamiento de categorías especiales de datos personales utilizados para detectar y corregir posibles sesgos en los algoritmos. Por último, el texto aclara las competencias de la Oficina Europea de Inteligencia Artificial, que supervisará los modelos de propósito general cuando tanto el modelo como el sistema hayan sido desarrollados por un mismo proveedor.
No obstante, se mantienen excepciones en ámbitos como el control fronterizo, las autoridades judiciales, las fuerzas de seguridad o las entidades financieras, donde seguirán siendo competentes las autoridades nacionales.