Cuidado con la cantidad de dinero que retiras en los cajeros: Hacienda empezará a multar

Un usuario retirando dinero de un cajero automático
Un usuario retirando dinero de un cajero automáticoTelecinco.es
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MadridEn un país donde el uso del dinero en efectivo sobrevive casi entre la tradición y la desconfianza digital, el simple hecho de retirar billetes en un cajero automático puede convertirse, paradójicamente, en un acto sospechoso. La Agencia Tributaria ha intensificado su vigilancia sobre los movimientos de efectivo que, por su cuantía o reiteración, escapen al radar de la justificación documental.

Lo que hasta hace poco era una operación rutinaria, como sacar 800, 1.000 o incluso 3.000 euros del banco, ha pasado a formar parte del mapa de riesgo fiscal. No se trata de prohibiciones explícitas, sino de un cambio de paradigma: Hacienda ya no solo investiga lo que ocultas, sino también lo que no puedes explicar.

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La advertencia es clara: si no puedes demostrar con documentos el origen o destino del dinero que retiras o ingresas, podrías tener que enfrentarte a sanciones que superan incluso la cuantía retirada. Porque lo que está en juego ya no es solo el dinero, sino la trazabilidad de cada euro en un sistema que asocia opacidad con fraude.

Cuando sacar dinero puede salir caro

Desde hace años, Hacienda establece límites informativos en las transacciones en efectivo para luchar contra el fraude fiscal y el blanqueo de capitales. Sin embargo, en los últimos meses ha aumentado la presión sobre retiradas e ingresos bancarios que no estén adecuadamente documentados. No se trata solo de las cantidades más elevadas, sino de patrones de conducta que, en conjunto, puedan levantar sospechas.

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Las entidades financieras están obligadas a informar a la Agencia Tributaria de las operaciones que igualen o superen los 3.000 euros en efectivo, o aquellas en las que se usen billetes de 500 euros, aunque el total sea menor. Este umbral no significa que esté prohibido superar esa cifra, pero sí que conlleva una notificación automática al Banco de España y, en ciertos casos, a Hacienda

¿Y si saco menos de 3.000 euros?

Aquí entra en juego el concepto de “operación fraccionada con ánimo de ocultación”. Si alguien realiza, por ejemplo, retiradas repetidas de 900 euros durante varios días consecutivos, el banco puede detectar un patrón sospechoso y dar traslado a Hacienda. Aunque la suma de cada operación no supere los límites informativos, el conjunto sí puede ser investigado si se interpreta como una maniobra para evitar ser detectado.

En general, cualquier operación en metálico que no pueda ser justificada documentalmente puede acarrear una inspección fiscal y, eventualmente, una multa. No es infrecuente que las sanciones se activen incluso años después del movimiento, especialmente si el titular no puede acreditar el origen lícito del dinero.

Imagen de archivo de un cajero automático

Sanciones: desde leves hasta muy graves

Las multas no solo se aplican en casos de fraude comprobado. Basta con que el contribuyente no pueda justificar con documentos fehacientes de dónde proviene o para qué era el dinero extraído. Y las cifras no son simbólicas.

Las sanciones por infracción tributaria pueden ir desde el 50% hasta el 150% del importe no justificado, con un tope de 150.000 euros. La graduación depende de factores como la reincidencia, la resistencia a colaborar o la ocultación deliberada de datos.

Se consideraría falta leve cuando el importe no justificado es reducido y no hay indicios de intención fraudulenta. Multas de hasta el 50%. La gradación aumentaría a grave si existe reiteración o fraccionamiento intencionado. Multas del 50% al 100%. Finalmente, sería muy grave para operaciones claramente opacas o vinculadas a actividades sospechosas. Multas del 100% al 150%.

Incluso si no hay delito penal, el proceso administrativo puede incluir embargos preventivos, bloqueo de cuentas e investigación patrimonial, lo que supone un coste personal elevado.

¿Por qué ahora?

Esta intensificación en el control de movimientos en metálico responde a varios factores. En primer lugar, por la creciente preocupación de Hacienda por la economía sumergida, pero también por el auge del dinero en efectivo como vía de evasión fiscal en sectores como la construcción o la hostelería. Las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), que insta a los países a reducir progresivamente el uso del dinero en metálico para facilitar el rastreo económico de las operaciones e individuos.

En este sentido, España no actúa sola. En Francia, por ejemplo, no se pueden realizar pagos en efectivo por más de 1.000 euros entre particulares, y en Italia ya se ha propuesto reducir el límite a 500 euros. Bruselas prepara un reglamento común europeo para limitar pagos en metálico a 10.000 euros.

En la economía contemporánea, donde la trazabilidad se ha convertido en el nuevo dogma fiscal, el uso de efectivo ha dejado de ser invisible para transformarse en un foco de sospecha. Retirar dinero del cajero no implica ilegalidad alguna, pero hacerlo sin una justificación documentada, en ciertas condiciones, puede convertir a cualquier ciudadano en sujeto de investigación.

Lejos de tratarse de una cruzada contra el metálico en sí, lo que persigue la Agencia Tributaria es cerrar las rendijas por donde circula la economía sumergida. El problema es que en esa red caen tanto defraudadores como contribuyentes desprevenidos, que ignoran que un patrón de retiradas podría activar los algoritmos de alerta bancaria.