Leyes

Nuevas normas para supermercados y bares: se activa un protocolo diferente sobre el destino de los alimentos

En un restaurante pidiendo las sobras
En un restaurante pidiendo las sobras. Telecinco.es
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La Ley 1/2025 de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario ha activado, desde el 3 de abril de 2026, un protocolo radicalmente distinto sobre qué ocurre con los alimentos que no se venden o no se consumen. El cambio afecta a todos los estratos, y restaurantes, bares y supermercados tienen la obligación de implementar un plan para disminuir las pérdidas, gestionar los recursos de forma más eficiente y fomentar la donación y redistribución de alimentos. 

La jerarquía que lo cambia todo

El núcleo del nuevo protocolo es lo que la ley denomina jerarquía de prioridades, que es un orden estricto y legalmente vinculante que determina qué se debe hacer con los excedentes antes de tirarlos. En primer lugar, debe evitarse el desperdicio. En caso de no poder aprovecharse directamente, se prioriza la donación para consumo humano. Si tampoco es viable, podrán destinarse a la alimentación animal, a la obtención de subproductos industriales o, como última opción, a la generación de compost, digestato o biogás.

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Esta jerarquía puede adaptarse solo si se justifica técnica, sanitaria, económica o ambientalmente. La ley tipifica como infracción grave la destrucción intencionada o alteración de alimentos aptos para el consumo, y son nulas de pleno derecho las cláusulas contractuales que impidan la donación de excedentes. Es decir, ningún contrato entre proveedor y cadena de distribución puede incluir una prohibición de donar sobrantes. 

Lo que le toca hacer a cada eslabón

Para los grandes supermercados e hipermercados, las obligaciones son concretas. Las empresas con superficies mayores a 1.300 metros cuadrados deben dar preferencia a la transformación de productos no vendidos para que puedan ser consumidos por humanos. Ejemplos prácticos incluyen convertir pan ya duro en pan rallado, aprovechar fruta madura para hacer postres o reutilizar excedentes de carne en caldos.

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Un supermercado tras la implantación de la ley de desperdicio alimentario

Las donaciones de alimentos deben ser prioritarias para bancos de alimentos u organizaciones no gubernamentales, firmando los correspondientes convenios. La jerarquía de uso de esas donaciones debe ser primero para satisfacer el consumo humano, posteriormente transformación (zumos, mermeladas), alimentación animal y compostaje, piensos o biogás. Los beneficiarios de las donaciones, los donatarios, tienen la obligación de garantizar su trazabilidad mediante un sistema de registro de entradas y salidas. 

Para bares y restaurantes, la obligación más visible es diferente: los clientes tendrán derecho a llevarse las sobras sin pagar sobrecoste alguno. Pero también deben elaborar su propio plan de prevención y formalizar convenios de donación de excedentes con entidades sociales. En caso de que la donación resulte inviable, el establecimiento debe justificar la no donación. 

La norma distingue con precisión quién está plenamente obligado y quién tiene excepciones. Las microempresas quedan excluidas de todas las obligaciones del artículo 6. Los establecimientos con una superficie igual o inferior a 1.300 m² quedan exceptuados solo de las obligaciones de disponer de un plan de prevención y de promover convenios de donación, pero siguen obligados a aplicar la jerarquía de prioridades.

La infraestructura que lo hace posible

El nuevo protocolo de destino de alimentos llega en un momento en que la red de bancos de alimentos en España ya tiene la capacidad logística para absorber una parte significativa de lo que la ley ahora obliga a derivar. Los bancos de alimentos distribuyeron en 2023 un total de 138.046 toneladas de alimentos entre 6.493 entidades sociales, atendiendo a 1.187.976 personas, de las cuales el 15% eran menores. La Federación Española de Bancos de Alimentos (FESBAL) cuenta con 78.552 personas voluntarias según sus datos de 2024.

El volumen que ya canalizaban de forma voluntaria algunas grandes cadenas antes de que la ley fuera exigible ilustra el potencial del cambio. Mercadona donó en 2024 más de 20.700 toneladas de alimentos y productos de primera necesidad a comedores sociales, bancos de alimentos y otras entidades sociales de toda España y Portugal, equivalente a más de 346.000 carros de la compra

Lo que antes hacían algunas cadenas por iniciativa propia es ahora un estándar legal que todas deben cumplir. El alimento que antes acababa en el contenedor tiene ahora un recorrido obligatorio con seis pasos antes de llegar a la basura. Y si ninguno de esos seis pasos se cumple, llega la multa.