El primer informe descartaba que hubiera evidencias de que las prácticas implicaran "una relación laboral encubierta"
Descarta que los becarios del musical Malinche de Nacho Cano fueran trabajadores y no aprecia "irregularidades"
"El control de su situación administrativa en materia de extranjería no compete a esta Inspección"
Un segundo informe de la Inspección de Trabajo ha descartado, como hizo el primero, que los becarios del musical Malinche de Nacho Cano fueran trabajadores y no aprecia "irregularidades".
El informe, al que ha tenido acceso EFE, fue remitido el pasado 14 de abril al Juzgado de Instrucción número 19 de Madrid, cuya titular investiga a Nacho Cano y a otras cinco personas por un presunto delito contra los derechos de los trabajadores y contra los derechos de los ciudadanos extranjeros.
La magistrada Inmaculada Iglesias ordenó el pasado mes de febrero a la Inspección de Trabajo que emitiera un nuevo informe sobre los becarios mexicanos del musical Malinche dado que en el primero no se hizo "una labor de investigación completa".
El primer informe descartaba que hubiera evidencias
El primer informe descartaba que hubiera evidencias de que las prácticas implicaran "una relación laboral encubierta" y se concluía que los 17 becados mexicanos realizaron prácticas no laborales en la empresa Malinche The Musical Spain S.L..
Ahora el segundo informe, elaborado por un profesional diferente al del primero -como solicitó la jueza-, defiende el trabajo que se hizo, lo completa y concluye que "al igual que en el primer informe (...) no se ha podido comprobar que los alumnos en formación fueran trabajadores de Malinche el Musical, por no quedar acreditas las notas típicas de una relación laboral: trabajo personal, voluntariedad, retribución, dependencia y ajeneidad (obtención de beneficios por parte del empresario)".
"No se aprecian irregularidades en cuanto a las competencias que ostenta la Inspección de Trabajo y la Seguridad Social", añade.
Sobre las autorizaciones de estancia en España por estudios solicitadas por los becarios mexicanos, la Inspección precisa que, al no tratarse de trabajadores ni de becarios incluidos en la Ley General de la Seguridad Social, "el control de su situación administrativa en materia de extranjería no compete a esta Inspección".
En este informe, de 20 folios, se defiende la actuación de la subinspectora que hizo el primero y se precisa que habitualmente la Inspección de Trabajo y la Policía Nacional trabajan conjuntamente y que "el proceder habitual (...) es siempre que primero la Inspección califica la relación jurídica y luego la Policía Nacional actúa en consecuencia".
