Yolanda Díaz propone un permiso de 15 días por cuidados paliativos y otro para acompañar a una persona en el día de su eutanasia

La vicepresidenta segunda del Gobierno, Yolanda Díaz
La ministra de Trabajo también quiere ampliar a 10 días el permiso por fallecimiento de pareja, cónyuge, hijos o abuelos.. Matias Chiofalo - Europa Press
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La vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz, ha puesto negro sobre blanco, la propuesta que adelantó la semana pasada sobre la creación de un nuevo permiso para cuidados de familiares en paliativos de 15 días. Además de ampliar a 10 días el permiso por fallecimiento de pareja, cónyuge, hijos o abuelos, según consta en el borrador del real decreto enviado por el ministerio a los agentes sociales.

Cualquier trabajador asalariado podrá beneficiarse de estos permisos para ayudar a parientes de hasta segundo grado de consanguinidad, es decir, padres, cónyuges, hermanos o tíos, según el borrador que el ministerio de Trabajo ha remitido ya a los agentes sociales en el que específica las condiciones de estos derechos laborales.

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Los permisos por fallecimiento de familiar hasta el segundo grado de consanguinidad permitirá ampliar hasta 10 días hábiles por el duelo y las consecuencias emocionales para el trabajador por la pérdida.

En este permiso se incluye fallecimiento de hijos, abuelos. Además se mantiene el permiso de dos días actuales por fallecimiento de un familiar hasta el segundo grado de afinidad, que incluye cuñados y abuelos del cónyuge, según ha publicado la Cadena Ser. La propuesta que impulsa el ministerio de Yolanda Día, también especifica un nuevo permiso para cuidados paliativos con una duración de hasta 15 días si esos cuidados afectan al cónyuge, la pareja de hecho o otros familiares de segundo grado de consanguinidad.

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Los trabajadores podrán fraccionar este permiso en dos períodos diferentes, en caso de enfermedades largas, pero solo una vez por paciente y en un plazo máximo de tres meses desde que se empieza a disfrutar. Para ello tendrán que tener un informe médico que confirme la situación de cuidados paliativos.

La nueva norma, que ya está redactada, modificará el Estatuto de los Trabajadores, que incluirá estos dos permisos, según ha prometido Yolanda Díaz, que ha garantizado que su departamento mantendrá la agenda para "seguir ganando derechos", tras el frenazo del Congreso a la ley para reducir la jornada laboral a 37.5 horas semanales.

Trabajo ya negocia la indemnización por despido

El Ministerio de Trabajo se reunirá este lunes los agentes sociales para iniciar las negociaciones que llevarán a la reforma del despido en España.  La reforma del despido está recogida en el programa de gobierno de PSOE y Sumar y responde además a la interpretación que ha hecho de la normativa española el Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS).

Este ente europeo, con sede en Estrasburgo, condenó a España por "vulnerar" la Carta Social Europea en lo que respecta a la indemnización por despido improcedente (33 días por año trabajado), que considera insuficiente y no disuasoria para el empresario.

Dos resoluciones, una en julio de 2024 y otra en junio de 2025, avalan que España incumple el artículo 24 de la Carta Social Europea referido a la protección de los trabajadores en caso de despido. Las denuncias sindicales ante el CEDS indicaban que el derecho español no permite a los trabajadores reclamar una indemnización vinculada al daño real sufrido en caso de despido improcedente ni permite que ésta sea "mínima, accesible y efectiva" para que tenga un efecto disuasorio.

En sus resoluciones de condena a España, el CEDS establecía que los límites máximos de indemnización fijados por la legislación española "no son suficientemente elevados para reparar el perjuicio sufrido por la víctima en todos los casos y ser disuasorios para el empresario".   Este Comité concluyó por unanimidad que España viola el artículo 24.b de la Carta Social Europea en lo que respecta a la indemnización por despido improcedente, en lo relativo a la readmisión del trabajador y en lo referente a la indemnización por despido improcedente de trabajadores temporales contratados en fraude de ley.