¿Cuáles son las partes de una nómina? Claves para comprender el contenido de este documento

  • Conocer las partes de tu nómina te ayudará a comprobar que todos sus extremos son correctos

  • En ella aparecerá tu salario neto, fruto del total devengado menos el total de deducciones

  • Las deducciones van destinadas tanto al IRPF como a la Seguridad Social, por ejemplo, para garantizar tu prestación por desempleo

Uno de lo documentos más importantes con los que debes familiarizarte en el ámbito laboral (sobre todo porque de él se desprende lo que ganarás cada mes) es la nómina, que no es otra cosa que el registro financiero tu sueldo, en el que se incluyen distintas partidas que te conviene conocer.

Aunque pueda parecer complejo, lo cierto es que la estructura de las nóminas suele ser similar en todos los casos y, una vez que comprendas qué información contiene y su relevancia, podrás extrapolar este conocimiento a cualquier situación futura. ¿Cuáles son las partes de una nómina? ¿Cómo comprender este documento y detectar posibles irregularidades?

Partes de una nómina: claves para comprender el contenido de este documento

La nómina es el documento que refleja tu sueldo, con todas las partidas que forman parte de éste, como lo es tu salario, pero también posibles bonificaciones o deducciones. Es la cantidad pagada a un empleado por el servicio prestado a la empresa durante un tiempo determinado que, en el caso de España, suele corresponderse con el mes natural.

Desde el punto de vista legal, el artículo 29 del Estatuto de los Trabajadores, que trata sobre la liquidación y el pago de salarios, indica que "la documentación del salario se realizará mediante la entrega al trabajador de un recibo individual y justificativo del pago del mismo." Además, según el mismo artículo, el recibo de salarios debe ajustarse al modelo que apruebe el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, salvo que por convenio colectivo o, en su defecto, por acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores, se establezca otro modelo que contenga "con la debida claridad y separación las diferentes percepciones del trabajador, así como las deducciones que legalmente procedan".

Este documento es la nómina, donde se refleja el cálculo de la cantidad que cobra cada trabajador. Es, por tanto, obligatorio que tu empresa te haga llegar este documento cada mes y que éste contenga ciertos datos específicos.

Estas son las partes de la nómina que debe contener cualquier documento de este tipo:

  • Encabezado de la nómina

El encabezado de tu nómina es el área en la que deben constar los datos del empleador y del empleado. En cuanto a los datos de la empresa, lo normal será que aparezcan nombre legal, domicilio social, CIF, código de cotización de la Seguridad Social... También el periodo de liquidación, o lo que es lo mismo, el periodo por el que se abona la nómina, y el centro de trabajo de que se trate.

También aparecerán los datos del empleado: nombre, DNI, código de cotización de la Seguridad Social del trabajador, categoría profesional o grupo profesional, fecha de antigüedad en la empresa y código del tipo de contrato. Aunque no es obligatorio incluir más datos, es posible que tu nómina incluya más información en este área (segundo centro de trabajo, convenio aplicable, número de cuenta de ambas partes...

  • Devengos

Los devengos son los ingresos que percibe el empleado en un periodo concreto. Los más conocidos son los devengos salariales (cantidades que se entregan al trabajo como fruto de su desempeño, como el salario base, complementos salariales, horas extra, pagas extra, mejoras voluntarias, salario en especie...), pero también debe constar la categoría de devengos no salariales (percepciones que no cotizan a la Seguridad Social, normalmente gastos ocasionados en el desarrollo del trabajo como dietas, kilometraje o pluses de transporte). La suma de las percepciones salariales y no salariales será el total devengado de una nómina, o salario bruto del trabajador.

Explicados con más detalle, cada categoría contiene los siguientes conceptos:

- Devengos salariales (cotizan a la Seguridad Social)

  1. Salario base. Este es el salario mínimo que marca el convenio.
  2. Complementos salariales. Retribución que se determina en función de circunstancias concretas de cada trabajador: su experiencia, conocimientos, idiomas, trabajo desempeñado, participación en el beneficio de la emoresa...
  3. Horas extraordinarias. Horas desempeñadas fuera del horario laboral, tanto si son voluntarias como forzosas (en este último caso, solo ante causas de fuerza mayor, ya que las horas extra deben ser siempre voluntarias).
  4. Gratificaciones extraordinarias. Son obligatorias dos pagas extra, si bien éstas pueden pagarse prorrateadas durante todo el año.
  5. Salario en especie. Es el salario que el trabajador recibe en forma de bienes o servicios.

- Devengos no salariales (no cotizan a la Seguridad Social)

  1. Indemnizaciones o suplidos. Esta partida se refiere a gastos que el trabajador ha tenido que adelantar para la realización de un trabajo (transporte, dietas, material...)
  2. Prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social. Prestaciones por traslados, suspensiones o despidos, gastos pagados por la empresa por incapacidad o desempleo temporal.
  • Deducciones

El siguiente punto son las deducciones, tanto por IRPF como a la Seguridad Social. Ambas ‘restan’ a la cuantía anterior para acabar en Hacienda (en el caso del IRPF) y en la Seguridad Social (en el segundo caso).

En el caso de las deducciones por IRPF, es importante conocer cuánto estamos aportando por este concepto porque de esta suma dependerá que la declaración de la renta nos salga a devolver o a pagar. Lo ideal (y lo habitual) es que nuestra empresa nos retenga en función de lo que corresponde en función de nuestro salario, pero si tienes varios pagadores o si has comenzado a trabajar en la empresa a mitad de año, es posible que te lleves un susto a la hora de cumplir con Hacienda.

En el caso de las deducciones a la Seguridad Social, existen varias partidas:

  1. Contingencias comunes. Se calcula como el 4,7 por ciento de los devengos salariales menos las horas extraordinarias (que computarán aparte).
  2. Desempleo. En este caso, el porcentaje que va a esta partida es distinto para los trabajadores con contrato general (1,55 por ciento), con contrato de duración determinada a tiempo completo (1,60) o con contrato de duración determinada a tiempo parcial (1,60).
  3. Formación profesional. A este concepto se defina el 0,1 por ciento.
  4. Horas extraordinarias por fuerza mayor. Estas horas tienen una retención baja, por no ser voluntarias, del 2 por ciento.
  5. Horas extraordinarias sin fuerza mayor. En este caso la deducción asciende al 4,7 por ciento.
  • Líquido a percibir

Finalmente, el resultado de restar las deducciones al salario bruto será lo que llamamos salario neto, que es la cantidad íntegra que recibe realmente el trabajador. La fórmula sería la siguiente:

Liquidado total a percibir = Total devengado – Total deducciones

Conocer todas estas partes de tu nómina te permitirá analizar con detalle si todo funciona correctamente. Ten en cuenta que tus condiciones pueden verse alteradas con el paso del tiempo por distintos motivos (por ejemplo, por antigüedad), por lo que es conveniente revisar tu situación y conocer todos sus detalles.