¿Puedo pedir a mi jefe que cotice más por mí cinco años antes de jubilarme para cobrar una pensión mayor?
Como regla general, no se pueden subir las bases de cotización anormalmente durante los últimos años de carrera
Puedes firmar un convenio con la Seguridad Social para mantener tus cotizaciones si éstas han disminuido en los últimos años
Te quedan cinco años para jubilarte. Llevas media vida trabajando, consultas tus bases de cotización y empiezas a hacer cuentas. Si la pensión depende de lo que se cotiza, ¿por qué no pedir ahora a la empresa que cotice más por ti para asegurarte una pensión mayor?
La respuesta depende de cómo trabajes. Un asalariado no puede elegir libremente su base de cotización; un autónomo tiene más margen; y quien deja de trabajar o consigue otro trabajo y gana menos que antes, puede recurrir al convenio especial con la Seguridad Social.
Si eres asalariado, no puedes elegir
Un trabajador por cuenta ajena no puede cobrar 2.000 euros y pedir a su empresa que cotice por 2.500 simplemente porque quiere mejorar su futura pensión.
La base de cotización está vinculada a la remuneración del trabajador. Por tanto, para elevarla tiene que existir una subida salarial real.
Si, por ejemplo, cinco años antes de jubilarte pasas de cotizar por 2.000 euros a hacerlo por 2.500, esos 500 euros adicionales durante 60 meses pueden mejorar la futura base reguladora.
Con el sistema tradicional de cálculo de los últimos 25 años, y simplificando mucho, 500 euros más de base durante cinco años supondrían alrededor de 86 euros mensuales más de base reguladora.
No significa necesariamente 86 euros más de pensión, porque dependerá de los años cotizados, del porcentaje de base reguladora al que se tenga derecho y de la fórmula de cálculo aplicable cuando llegue la jubilación. Pero tiene que ser una subida de salario real. No puedes pactar con el empresario que te suba el sueldo y tú pagas la diferencia.
Desde 2026, además, ha comenzado el periodo transitorio en el que la Seguridad Social compara el sistema tradicional con la nueva fórmula, que amplía progresivamente los años analizados y permite excluir algunas de las peores bases.
Las Seguridad Social vigila
Pero la Ley no permite elevar las cotizaciones cuando el trabajador se aproxima a la jubilación si no hay razones justificadas. La Seguridad Social tiene mecanismos para evitar que empresa y trabajador hinchen artificialmente las cotizaciones justo antes de jubilarse.
La ley establece limitaciones para determinados aumentos de las bases producidos durante los dos últimos años, sobre todo cuando son producto de subidas salariales superiores a las habituales del convenio o del sector.
También pone límites a incrementos pactados fundamentalmente porque el trabajador ha llegado a una edad próxima a la jubilación. Las subidas salariales en los últimos años de carrera deben estar unidas a una promoción, o a asumir nuevos cargos con nuevas responsabilidades.
Si eres autónomo, tienes más libertad
El autónomo sí puede elegir su base de cotización, pero dentro del intervalo que corresponda a sus rendimientos netos.
Eso significa que alguien al que le queden cinco años para jubilarse puede estudiar si le interesa elevar su base y pagar una cuota mayor para mejorar posteriormente la pensión.
Por ejemplo, un autónomo que esté cotizando por 1.500 euros y cuyos rendimientos le permitan elevar la base a 2.000 euros puede hacerlo sin necesidad de negociar con nadie.
Pero tampoco puedes aumentar las cotizaciones como quieras. El sistema actual vincula las bases a los ingresos reales. Por ejemplo, un autónomo con rendimientos netos de entre 2.030 y 2.330 euros mensuales, por ejemplo, no puede decidir cotizar por 4.000 euros solo porque quiera aumentar su futura jubilación.
En cambio, quien tenga rendimientos elevados dispone de un margen mucho mayor y puede llegar hasta la base máxima correspondiente. Además, los autónomos pueden modificar su base varias veces al año para adaptarla a sus previsiones de ingresos.
Las cotizaciones se regularizan con los rendimientos que Hacienda comunica a la Seguridad Social. Por eso no sirve declarar unos ingresos artificialmente elevados únicamente para conseguir una base mayor.
¿Y si dejo de trabajar?
Si dejas de trabajar a pocos años de la jubilación puedes suscribir el convenio especial con la Seguridad Social.
Este convenio te permite seguir cotizando voluntariamente en determinadas situaciones para conservar o mejorar derechos futuros, principalmente jubilación, incapacidad permanente y prestaciones por fallecimiento.
Un caso típico sería el de una persona de 62 años que deja de trabajar y decide vivir de sus ahorros hasta alcanzar la edad de jubilación. Si cumple los requisitos, puede suscribir un convenio y seguir pagando personalmente sus cotizaciones.
También puede utilizarse en determinados casos cuando alguien pierde un empleo con una base elevada y comienza después otro trabajo con una base inferior.
Para el convenio ordinario se exige, con carácter general, haber cotizado al menos 1.080 días durante los doce años anteriores a la situación que permite suscribirlo.
La solicitud debe hacerse, con carácter general, dentro del año siguiente.
Requisitos del convenio
Si continúas trabajando normalmente contratado a jornada completa y cotizando correctamente por su salario no puedes firmar un convenio especial ordinario simplemente para añadir otros 500 o 1.000 euros mensuales a tu base. El convenio especial no es un de plan privado de pensiones dentro de la Seguridad Social.
Tiene que existir alguna de las circunstancias previstas legalmente: dejar de trabajar, pasar a cotizar por una base inferior o encontrarse en alguno de los supuestos específicos regulados.
Existen, eso sí, convenios especiales para determinadas situaciones de trabajo a tiempo parcial, reducción de jornada, pluriempleo o pluriactividad, entre otras.
Los mayores de 52 años
El convenio especial puede resultar especialmente interesante para las cerca de 500.000 personas que cobran el subsidio de mayores de 52 años.
Mientras percibe esta ayuda, el SEPE cotiza para la jubilación. El SEPE cotiza en 2026 por 1.780,50 euros. El trabajador puede elegir en el convenio una base de 2.500 euros, y el complemento para jubilación se calcula sobre la diferencia. No tiene que pagar él solo una cotización completa sobre 2.500 euros. Paga esencialmente por esos 719,50 euros que faltan.
No puedes elegir cualquier cifra
Pero firmar un convenio especial no permite acudir a la Seguridad Social y escoger una base de 4.000 o 5.000 euros. La base que puede elegirse depende de la carrera anterior de cotización. Para poder elegir bases elevadas es necesario haber venido cotizando previamente por ellas durante determinados periodos.
Cotizar más durante los últimos años puede aumentar la futura pensión, pero antes de pagar cientos de euros cada mes te conviene calcular cuánto vas a aportar hasta jubilarte, cuánto aumentará realmente tu pensión y cuántos años necesitarás para recuperar ese esfuerzo económico.
