Renta 2020: las deducciones para pagar menos en cada Comunidad Autónoma

  • Cada Comunidad Autónoma aplica sus propias deducciones en su tramo del impuesto

  • Van desde los gastos escolares hasta la compra de coches eléctricos o bicicletas

  • También hay deducciones por donaciones o por gastos en la vivienda habitual

La Agencia Tributaria abría ayer, día 7 de abril, el plazo para confirmar, modificar y presentar por internet la declaración de la Renta correspondiente a 2020. Las devoluciones se iniciarán este mismo viernes y la Agencia ha diseñado la campaña que arranca ahora con un refuerzo de la asistencia personalizada para dos colectivos que pueden requerir una ayuda especial este año: los afectados por los ERTE y los perceptores del Ingreso Mínimo Vital.

Además de todas estas ayudas específicas, es importante conocer las deducciones propias de cada Comunidad Autónoma. Y es que cada territorio tiene, cada año, la posibilidad de modificar las normas del tramo autonómico del impuesto. Así, cada año se pueden deducir distintos tipos de gastos, inversiones o ingresos por diferentes causas (vivienda, gastos de colegio, compras de coches no contaminantes, etc.) Cada región cuenta con sus propias deducciones y estas suelen cambiar de un año a otro.

Por eso, hemos querido recopilar las principales deducciones que pueden aplicarse a nuestra declaración de la Renta 2020, por cada autonomía:

Andalucía

En Andalucía existen diferentes deducciones en el ámbito personal y familiar, como la deducción por nacimiento o adopción de hijos, por adopción de hijos en el ámbito internacional, por familia monoparental y, en su caso, con ascendientes mayores de 75 años, por contribuyente con discapacidad o por discapacidad del cónyuge o pareja de hecho, por asistencia a personas con discapacidad y por ayuda doméstica.

En relación con la vivienda, existen deducciones para beneficiarios de ayudas a viviendas protegidas, por inversión en vivienda habitual que tenga la consideración de protegida y para jóvenes y por arrendamiento de vivienda habitual por jóvenes.

También se pueden deducir las cantidades donadas al Servicio Andaluz de Salud para la lucha contra el avance del covid19, por la adquisición de acciones y participaciones sociales como consecuencia de acuerdos de constitución de sociedades o ampliación de capital en las sociedades mercantiles y los gastos de defensa jurídica de la relación laboral.

Aragón

En Aragón se aplican deducciones por nacimiento o adopción del tercer o sucesivos hijos, por nacimiento o adopción de un hijo con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, por adopción internacional, por cuidado de personas dependientes, para contribuyentes mayores de 70 años, por nacimiento o adopción del primer y/o segundo hijo en poblaciones de menos de 10.000 habitantes y por gastos de guardería de hijos menores de 3 años.

En cuanto a las deducciones relacionadas con la vivienda, este año pueden aplicarse a la adquisición de vivienda habitual por víctimas del terrorismo, adquisición o rehabilitación de vivienda habitual en núcleos rurales o por arrendamiento de vivienda habitual vinculado a determinadas operaciones de dación en pago. Los arrendadores también pueden deducirse los ingresos por arrendamiento de vivienda social.

Las donaciones que pueden deducirse son las realizadas con finalidad ecológica y en investigación y desarrollo científico y técnico.

También hay deducciones por inversión en acciones de entidades que cotizan en el segmento de empresas en expansión del Mercado Alternativo Bursátil, por adquisición de acciones o participaciones sociales de entidades nuevas o de reciente creación, por gastos por adquisición de libros de texto y material escolar y por inversión en entidades de economía social.

Asturias

En el Principado de Asturias, en lo concerniente a el ámbito personal y familiar, este año pueden beneficiarse de deducciones por acogimiento no remunerado mayores 65 años, por adopción internacional de menores, por partos múltiples o por dos o más adopciones constituidas en la misma fecha, por familias numerosas, por familias monoparentales, por acogimiento familiar de menores, por gastos de descendientes en centros de 0 a 3 años y por nacimiento o adopción de segundo y sucesivos hijos en zonas rurales en riesgo de despoblación.

En cuanto a la vivienda, existen deducciones por adquisición o adecuación de vivienda habitual para contribuyentes con discapacidad, por adquisición o adecuación de vivienda habitual para contribuyentes con los que convivan sus cónyuges, ascendientes o descendientes con discapacidad, por inversión en vivienda habitual que tenga la consideración de protegida y por arrendamiento de la vivienda habitual.

Este año también se pueden aplicar deducciones por donaciones de fincas rústicas a favor del Principado de Asturias, por certificación de la gestión forestal sostenible, por adquisición de libros de texto y material escolar, para contribuyentes que se establezcan como trabajadores por cuenta propia, o autónomos en zonas rurales en riesgo de despoblación, por gastos de transporte público para residentes en zonas rurales en riesgo de despoblación, por la obtención de subvenciones y/o ayudas para paliar el impacto provocado por el covid19 sobre los sectores especialmente afectados por la pandemia (no es aplicable a contribuyentes fallecidos antes de 31-12-2020).

Baleares

En las Islas Baleares hay deducciones para los declarantes con discapacidad física, psíquica o sensorial o con descendientes con esta condición y por gastos relativos a los descendientes o acogidos menores de 6 años por motivos de conciliación.

En lo concerniente a la vivienda, existen deducciones por determinadas inversiones de mejora de la sostenibilidad de la vivienda habitual, por arrendamiento de vivienda habitual a favor de determinados colectivos y por arrendamiento de vivienda en el territorio de las Illes Balears derivado del traslado temporal de residencia por motivos laborales.

En cuanto a las donaciones, existen un buen número de deducciones en los siguientes casos: por donaciones a determinadas entidades destinadas a la investigación, el desarrollo científico o tecnológico, o a la innovación; por donaciones, cesiones de uso o contratos de comodato y convenios de colaboración empresarial, relativos al mecenazgo cultural, científico y de desarrollo tecnológico y al consumo cultural; por donaciones, cesiones de uso o contratos de comodato y convenios de colaboración, relativos al mecenazgo deportivo; por donaciones a determinadas entidades que tengan por objeto el fomento de la lengua catalana y por donaciones a entidades del tercer sector.

Este año también se aplican deducciones por determinadas subvenciones y ayudas otorgadas por razón de una declaración de zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil, por gastos de adquisición de libros de texto, por gastos de aprendizaje extraescolar de idiomas extranjeros, para cursar estudios de educación superior fuera de la isla de residencia habitual, por arrendamiento de bienes inmuebles en el territorio de las Illes Balears destinados a vivienda (deducción del arrendador) y por inversión en la adquisición de acciones o participaciones de entidades nuevas o de reciente creación.

Canarias

En las islas Canarias hay distintas deducciones aplicadas al ámbito personal y familiar: por nacimiento o adopción, para contribuyentes con discapacidad y mayores de 65 años, por acogimiento de menores, por familias monoparentales, por gastos de guardería, por familia numerosa y para familiares dependientes con discapacidad.

En cuanto a la vivienda, las deducciones aplicables son por inversión en vivienda habitual, por obras de rehabilitación energética e reforma de la vivienda habitual, por obras de adecuación de la vivienda habitual por personas con discapacidad, por alquiler de vivienda habitual y por arrendamiento de vivienda habitual vinculado a determinadas operaciones de dación en pago.

En el ámbito de las donaciones: por donaciones a descendientes para la adquisición o rehabilitación de su primera vivienda habitual, por donaciones para la rehabilitación o conservación del Patrimonio Histórico de Canarias, por donaciones y aportaciones para fines culturales, deportivos, investigación o docencia, donaciones con finalidad ecológica y para entidades sin ánimo de lucro.

Otras deducciones se aplican a los gastos de estudios en educación superior de descendientes fuera de la isla de residencia, por gastos de estudios en educación infantil, primaria, enseñanza secundaria obligatoria, bachillerato y formación profesional de grado medio, por traslado de residencia a otra isla para realizar una actividad por cuenta propia o ajena, por cantidades destinadas por sus titulares a la restauración, rehabilitación o reparación de bienes inmuebles de Interés Cultural, para contribuyentes desempleados, por gastos en primas de seguros de crédito para cubrir impagos de rentas de arrendamientos de vivienda (deducción del arrendador) y por gasto de enfermedad.

Cantabria

En Cantabria puedes acogerte a deduccioes por cuidado de familiares: descendientes menores de 3 años, ascendientes mayores de 70 años y personas con discapacidad, por acogimiento familiar de menores, por gastos de guardería, para familias monoparentales, por nacimiento y adopción de hijos, or gastos de guardería para contribuyente que tengan su residencia en zonas de Cantabria en riesgo de despoblamiento.

En cuanto a la vivienda habitual, se pueden aplicar deducciones por arrendamiento de vivienda habitual por jóvenes, mayores o personas con discapacidad, por obras de mejora en vivienda propiedad del contribuyente o en el edificio en la que la vivienda se encuentre y por arrendamiento de viviendas situadas en zonas de Cantabria en riesgo de despoblamiento (esta deducción corresponde al arrendatario).

Hay deducciones por donativos a fundaciones o al Fondo Cantabria Coopera o a Asociaciones que persigan entre sus fines el apoyo a personas con discapacidad.

Otros conceptos deducibles se aplican por inversiones o donaciones a entidades de la Economía Social establecidas en Cantabria, por inversión en la adquisición de acciones o participaciones de entidades nuevas o de reciente creación, por gastos de enfermedad y por los gastos ocasionados al trasladar la residencia habitual a una zona de Cantabria en riesgo de despoblamiento por motivos laborales por cuenta ajena o por cuenta propia.

Castilla-La Mancha

En Castilla-La Mancha se pueden aplicar deducciones por nacimiento o adopción de hijos, por familia numerosa, por discapacidad del contribuyente, por discapacidad de ascendientes o descendientes, para contribuyentes mayores de 75 años, para cuidado de ascendientes mayores de 75 años, por acogimiento familiar no remunerado de menores y por acogimiento no remunerado de mayores de 65 años y personas con discapacidad.

En cuanto a la vivienda habitual, la única deducción aplicable es por arrendamiento de vivienda habitual por menores de 36 años.

Otros conceptos deducibles son las cantidades donadas para la cooperación internacional al desarrollo y a las entidades para la lucha contra la pobreza, la exclusión social y la ayuda a personas con discapacidad, por donaciones con finalidad en investigación y desarrollo científico e innovación empresarial, por donaciones de bienes culturales y contribuciones a favor de la conservación, reparación y restauración de bienes pertenecientes al patrimonio cultural de Castilla-La Mancha, y para fines culturales, incluidos en el plan de mecenazgo cultural de Castilla-La Mancha.

También hay deducciones por gastos por adquisición de libros de texto y por enseñanza de idiomas.

Castilla y León

En Castilla y León, en el ámbito personal y familiar se aplica deducciones para contribuyentes afectados por discapacidad, por familia numerosa, por nacimiento o adopción de hijos, por partos múltiples o adopciones simultáneas, por cuidado de hijos menores de 4 años, por paternidad, por gastos de adopción y por cuotas a la Seguridad Social de empleados del hogar.

En cuanto a la vivienda se pueden aplicar deducciones por adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual por jóvenes en núcleos rurales, por inversión en rehabilitación de viviendas destinadas a alquiler en núcleos rurales, por alquiler de vivienda habitual para jóvenes, por inversión en instalaciones medioambientales y de adaptación a personas con discapacidad en vivienda habitual y por adquisición de vivienda habitual de nueva construcción.

Otros conceptos deducibles son las donaciones a fundaciones de Castilla y León y para la recuperación del Patrimonio Histórico–Artístico y Natural, por cantidades donadas para el fomento de la investigación, el desarrollo y la innovación, por cantidades invertidas por los titulares en la recuperación del Patrimonio Histórico–Artístico y Natural de Castilla y León, para el fomento de la movilidad sostenible y por fomento del emprendimiento.

Cataluña

Este ejercicio se aplican en cataluña deducciones por nacimiento o adopción de un hijo y para contribuyentes que se hayan quedado viudos/viudas en 2018, 2019 y 2020. En cuanto a la vivienda, se pueden deducir los gastos por alquiler de la vivienda habitual (sólo contribuyentes en determinadas situaciones desfavorecidas) y por rehabilitación de la vivienda habitual.

Otros casos de deducciones son por donativos a entidades que fomentan el uso de la lengua catalana o de la occitana, por donativos a entidades que fomentan I+D+I, por donaciones a determinadas entidades en beneficio de medio ambiente, conservación del patrimonio natural y custodia del territorio, por el pago de intereses por préstamos para estudios de máster y de doctorado, por inversión por un ángel inversor para la adquisición acciones o participaciones de entidades nuevas o de reciente creación y por obligación de presentar la declaración del IRPF en razón de tener más de un pagador.

Extremadura

En Extremadura pueden aplicarse deducciones por acogimiento de menores, por partos múltiples, por cuidado de familiares con discapacidad, por cuidado de hijos menores de hasta 14 años inclusive y para contribuyentes viudos.

En cuanto a la vivienda habitual se aplican deducciones por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual para jóvenes y para víctimas del terrorismo y por arrendamiento de vivienda habitual para contribuyentes menores de 36 años.

Otros conceptos deducibles son percibir retribuciones del trabajo dependiente, por compra de material escolar y por adquisición de acciones o participaciones como consecuencia de acuerdos de constitución o ampliación de capital en las sociedades mercantiles.

Galicia

En Galicia pueden aplicarse deducciones al nacimiento o adopción, por familia numerosa, por acogimiento familiar de menores, por cuidado de hijos menores y para aquellos contribuyentes con discapacidad, de edad igual o superior a 65 años, que precisen ayuda de terceras personas.

En el ámbito de la vivienda se aplican deducciones por alquiler de vivienda habitual para jóvenes, por inversión en instalaciones de climatización y/o agua caliente en la vivienda habitual, que empleen energías renovables destinadas exclusivamente al autoconsumo y por obras de mejora de eficiencia energética en edificios de viviendas o en viviendas unifamiliares.

Otros conceptos deducibles se aplican por los gastos dirigidos al uso de nuevas tecnologías en los hogares gallegos, por inversión en la adquisición de acciones o participaciones de entidades nuevas o de reciente creación y su financiación, por inversión en acciones de entidades que cotizan en el segmento de empresas en expansión del mercado alternativo bolsista, por rehabilitación de bienes inmuebles situados en centros históricos, por inversión en empresas agrarias y sociedades cooperativas agrarias o de explotación comunitaria de la tierra, por subvenciones y/o ayudas obtenidas por los incendios producidos durante el mes de octubre del año 2017, para paliar los daños causados por la explosión de material pirotécnico en Tui durante el mes de mayo del 2018 y por las ayudas y subvenciones recibidas por los deportistas de alto nivel de Galicia.

También pueden deducirse las donaciones con finalidad en investigación y desarrollo científico e innovación tecnológica.

Madrid

En la Comunidad de Madrid existen las siguientes deducciones en el ámbito personal y familiar: por nacimiento o adopción, por adopción internacional de niños, por acogimiento familiar de menores, por acogimiento no remunerado de mayores de 65 años y/o personas con discapacidad, por cuidado de hijos menores de 3 años y para familias con dos o más descendientes e ingresos reducidos.

En el tema de la vivienda solo se aplica deducción por arrendamiento de vivienda habitual.

Otros conceptos deducibles son los gastos educativos, por inversión en adquisición de acciones o participaciones de entidades nuevas o de reciente creación, para el fomento del autoempleo de los jóvenes, por inversiones realizadas en entidades cotizadas en el mercado alternativo bursátil y por donaciones a fundaciones y clubes deportivos.

Murcia

En la Región de Murcia pueden aplicarse deducciones a los gastos de guardería, por adopción o nacimiento, para contribuyentes con discapacidad, por conciliación y por acogimiento no remunerado de mayores de 65 años y/o personas con discapacidad.

En vivienda las deducciones se aplican por inversión en vivienda habitual por jóvenes de edad igual o inferior a 35 años (incluido el régimen transitorio), por inversión en dispositivos domésticos de ahorro de agua y por inversión en instalaciones de recursos energéticos renovables en viviendas.

Otros conceptos deducibles son por donativos para la protección del Patrimonio Cultural de la Región de Murcia y promoción de actividades culturales y deportivas y por donativos para la investigación biosanitaria, por inversión en adquisición de acciones o participaciones de entidades nuevas o de reciente creación y por inversiones en acciones de entidades que cotizan en el segmento de empresas en expansión del mercado alternativo bursátil.

También por gastos en la adquisición de material escolar y libros de texto.

La Rioja

En La Rioja se pueden aplicar deducciones por nacimiento y adopción de hijos, por gastos en escuelas infantiles, centros infantiles o personal contratado para el cuidado de hijos de 0 a 3 años para contribuyentes con residencia habitual en pequeños municipios, por cada menor en régimen de acogimiento familiar de urgencia, temporal o permanente, o guarda con fines de adopción, por cada hijo de 0 a 3 años de contribuyentes que tengan su residencia o trasladen la misma a pequeños municipios de la Rioja y la mantengan durante un plazo de al menos 3 años consecutivos, por cada hijo de 0 a 3 años escolarizado en escuelas infantiles o centros de educación infantil de cualquier municipio de La Rioja y por gastos para contratación de personal para el cuidado de familiares afectados por la Covid-19.

En cuanto a la vivienda hay deducciones por adquisición, construcción o rehabilitación de vivienda habitual en pequeños municipios, por gastos por acceso a internet para jóvenes emancipados, por gastos por suministro de luz y gas de uso doméstico para jóvenes emancipados, por inversión en vivienda habitual de jóvenes menores de 36 años, por arrendamiento de vivienda habitual para contribuyentes menores de 36 años, por cantidades invertidas para la adquisición o construcción de vivienda habitual para jóvenes, por adquisición o rehabilitación de segunda vivienda en el medio rural, por las cantidades invertidas durante el ejercicio en obras de rehabilitación de vivienda habitual y por obras de adecuación de vivienda habitual para personas con discapacidad.

También se aplican deducciones por adquisición de vehículos eléctricos nuevos y por adquisición de bicicletas de pedaleo no asistido.

Comunidad Valenciana

En la Comunidad Valenciana hay muchos casos de deducciones: por conciliación del trabajo con la vida familiar, or cantidades destinadas por sus titulares a la conservación, reparación y restauración de bienes del Patrimonio Cultural Valenciano, por cantidades procedentes de ayudas públicas concedidas por la Generalitat en el marco de lo dispuesto en la Ley 6/2009, de 30 de junio, de la Generalitat, de protección a la maternidad, por adquisición de material escolar, por cantidades destinadas a abonos culturales, por obtención de rentas derivadas del arrendamiento de vivienda cuya renta no supere el precio de referencia de alquileres privados (deducción del arrendador), por cantidades procedentes de ayudas públicas concedidas por la Generalitat en virtud del Decreto Ley 3/2020, de 10 de abril, a trabajadores y las trabajadoras afectados por un ERTE y a los que han reducido la jornada laboral por conciliación familiar con motivo de la declaración del estado de alarma por la crisis sanitaria provocada por la Covid-19 y por cantidades procedentes de ayudas públicas concedidas por la Generalitat en virtud de la Orden 5/2020, de 8 de junio, para la adquisición o electrificación de bicicletas urbanas y vehículos eléctricos de movilidad personal.

En lo que toca a la vivienda: por cantidades destinadas a la primera adquisición de su vivienda habitual por contribuyentes de edad igual o inferior a 35 años, por cantidades destinadas a la adquisición de su vivienda habitual por personas con discapacidad, por cantidades destinadas a la adquisición o rehabilitación de vivienda habitual procedentes de ayudas públicas, por arrendamiento vivienda habitual, por arrendamiento vivienda como consecuencia de la realización de una actividad, por cuenta propia o ajena, en municipio distinto de aquel en el que el contribuyente residía con anterioridad, por inversiones en instalaciones de autoconsumo de energía eléctrica o destinadas al aprovechamiento de determinadas fuentes de energía renovables en las viviendas o edificio dónde se ubiquen, por obras de conservación o mejora de la calidad, sostenibilidad y accesibilidad en la vivienda habitual efectuadas en el período y por obras de conservación o mejora de la calidad, sostenibilidad y accesibilidad en la vivienda habitual efectuadas en 2014 y 2015.

Otros conceptos deducibles son por donaciones con finalidad ecológica, por donaciones de bienes del Patrimonio Cultural Valenciano, por donativos para la conservación, reparación y restauración de bienes del Patrimonio Cultural Valenciano, por donaciones destinadas al fomento de la Lengua Valenciana, por donaciones o cesiones de uso o comodatos para otros fines de carácter cultural, científico o deportivo no profesional, por donaciones dinerarias dirigidas a financiar programas de investigación, innovación y desarrollo científico o tecnológico en el campo del tratamiento y prevención de las infecciones producidas por el Covid-19 y por donaciones para contribuir a la financiación de los gastos ocasionados por la crisis sanitaria producida por la Covid-19