El registro de médicos objetores en aborto que exige el Gobierno y que Isabel Díaz Ayuso califica de "lista negra": ¿en qué consiste y qué dice la ley?

El registro de médicos objetores que exige el Gobierno y que Isabel Díaz Ayuso califica de "lista negra": ¿en qué consiste y qué dice la ley?
La ley obliga a las comunidades a crear un registro de objetores de conciencia en abortos, pero Madrid no lo tiene. Informativos Telecinco
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La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, rechazó este jueves en la Asamblea de Madrid poner en marcha el registro de médicos objetores de conciencia que le ha exigido el Gobierno central en una carta para garantizar el derecho al aborto, el cual propone incluir en la Constitución. Lo calificó como una "lista negra" y avisó que "nunca" lo va a hacer.

Muchos ciudadanos se preguntan por este registro. ¿En qué consiste? ¿Qué dice la ley? Según ha explicado Laura Solvez desde el plató de 'Informativos Telecinco', "por ley, cada comunidad autónoma tiene que tener un registro de objetores de conciencia que avale el derecho de los médicos, si estos no quieren practicar el aborto".

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"Se trata de un registro que no es público, lo utilizan simplemente en los hospitales para saber con qué médicos contar y con qué médicos no pueden contar. Algunas comunidades autónomas ni siquiera lo tienen hecho; Madrid, Asturias, Aragón y Baleares", ha agregado la periodista.

Diferencia entre comunidades en abortos realizados por la sanidad pública

"Si nos fijamos solo en los abortos que realiza la sanidad pública, hay una diferencia brutal entre las comunidades autónomas. Algunas, como Galicia y Navarra, superan el 60% de los abortos y otras, como por ejemplo Madrid y Andalucía, no llegan ni al 1%", ha precisado Laura Solvez.