La JEC prohíbe el uso del DNI digital para votar en las elecciones andaluzas del 17 de mayo

Las pasadas votaciones a las Elecciones Europeas en Andalucía. Europa Press
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La Junta Electoral Central (JEC) ha ratificado que la versión digital del DNI no podrá utilizarse para identificar a los votantes en las elecciones al Parlamento andaluz del próximo 17 de mayo, al no considerarse un sistema “suficientemente seguro”.

La decisión responde a una consulta de la Junta Electoral de Andalucía y confirma la suspensión acordada el pasado 26 de marzo sobre el uso de aplicaciones como ‘MiDGT’ y ‘MiDNI’ en los procesos electorales.

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Falta de garantías en la verificación

La JEC sostiene que no está garantizado el control de la identidad de los electores mediante estos sistemas digitales, por lo que no podrán emplearse ni en el voto presencial ni por correo hasta que se asegure su fiabilidad.

Esta medida se adoptó tras una impugnación del Gobierno andaluz, que cuestionó que el DNI digital cumpliera con las exigencias de la normativa electoral.

Exigencia de documentos físicos

Desde la Junta de Andalucía se defendió que la identificación debe realizarse exclusivamente mediante documentos físicos oficiales, como el DNI o el pasaporte, tal y como recoge la legislación vigente.

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Además, se advirtió de que las mesas electorales no disponen de medios tecnológicos para verificar los códigos QR del DNI digital en tiempo real, lo que podría generar inseguridad jurídica y desigualdad en el proceso.

También se señalaron posibles problemas de conectividad, lo que dificultaría garantizar una verificación fiable en todos los colegios electorales.