La Fiscalía decide continuar la investigación del rey emérito sobre las tarjetas opacas pese al pago a Hacienda
En el marco de una investigación más amplia
Se continuará llevando a cabo por la Fiscalía del Tribunal Supremo
Investigación por posibles delitos derivados del uso de tarjetas bancarias con fondos opacos
Los fiscales responsables de la investigación al rey emérito Juan Carlos I han mantenido una reunión este viernes en la que han decidido valorar el alcance de la declaración tributaria que presentó el pasado miércoles y por la que abonó un total de 678.393,72 euros por lo dejado de pagar en impuestos correspondientes a ejercicios posteriores a su abdicación en junio de 2014.
Así lo señala la Fiscalía General el Estado en un comunicado oficial en la que precisa que se analizarán, entre otros aspectos "su espontaneidad, veracidad y completitud, en el marco de una investigación más amplia que se continuará llevando a cabo por la Fiscalía del Tribunal Supremo".
Tarjetas bancarias con fondos opacos
El Ministerio Público notificó formalmente el pasado mes de noviembre a la defensa del rey emérito Juan Carlos I, que ejerce el despacho de Javier Sánchez Junco, la existencia de diligencias de investigación sobre posibles delitos derivados del uso por el ex monarca de tarjetas bancarias con fondos opacos.
El dinero, según los investigadores, tiene su origen en donaciones realizadas por el empresario mexicano Allen Sanginés-Krause.
Esta circunstancia es la que será valorada por el equipo liderado por el fiscal de Sala Juan Ignacio Campos para determinar la validez de la citada declaración en base al artículo 305.4 del Código Penal, que dice expresamente que se considerará regularizada la situación tributaria cuando se haya procedido al completo reconocimiento y pago de la deuda tributaria, "antes de que el Ministerio Fiscal, el Abogado del Estado o el representante procesal de la Administración autonómica, foral o local de que se trate, interponga querella o denuncia contra aquél dirigida, o antes de que el Ministerio Fiscal o el Juez de Instrucción realicen actuaciones que le permitan tener conocimiento formal de la iniciación de diligencias".
Aforamiento del monarca
Contra el ex monarca no se ha presentado denuncia ni querella alguna ante el Tribunal Supremo, que es el órgano ante el que está aforado, si bien hay que tener en cuenta, según fuentes fiscales consultadas, la última parte del artículo, relativa a "actuaciones" que permitan tener conocimiento formal de las diligencias es el aspecto que deberá valorar la Fiscalía para dar por buena o no la regularización a efectos de anular el presunto delito fiscal.
De hecho, una sentencia del alto tribunal de febrero del pasado año apunta la existencia de una notificación formal -en este caso se trataba de una citación ante Fiscalía de un contribuyente-, como factor de "bloqueo automático" de la validez de la declaración voluntaria que éste presentó para librarse del procedimiento judicial por el que fue finalmente condenado.
Fuentes jurídicas consultadas señalan, sin embargo, que la jurisprudencia prima la existencia de la denuncia o querella formal como elemento con entidad suficiente para invalidar el intento de exoneración por presentación de regularización voluntaria. Otras fuentes apuntan que el espíritu de la ley pasa por que la "espontaneidad" derive de la inexistencia de ningún tipo de conocimiento formal y previo de las pesquisas para que la declaración tenga validez.